Texto consulta: La Comunidad de Bienes consultante es un centro de fisioterapia y masaje terapéutico y consulta, en primer lugar, si por dichas actividades se encuentra exenta del IGIC, y, en segundo lugar, si está obligado a presentar la declaración censal.
Respuesta: 1.- La prestación de servicios de fisioterapia y de masaje terapéutico estará exenta del
IGIC cumplen dos condiciones:
- Que sean prestados por personas físicas con titulación válida para ello, con
independencia de que la factura deba ser emitida por una comunidad de bienes.
- Que los servicios prestados se dirijan al diagnóstico, prevención y tratamiento de
enfermedades.
2.- Una comunidad de bienes que realice exclusivamente prestaciones de servicios de
fisioterapia y de masaje terapéutico que estén exentos del IGIC, no tendrá obligación de presentar
declaración censal.