A partir del 1 de julio de 2017 se establece la presentación telemática obligatoria del modelo 620 para los colaboradores sociales (gestores en representación de terceras personas) y exclusivamente referido a los tipos de vehículos que figuren en las tablas de valoración (artículo 2 de la Orden de 28 de abril de 2017, por la que se modifican diversas Órdenes con el objeto de establecer la presentación telemática obligatoria de modelos de autoliquidación, y de autorización a la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria para establecer la obligación de presentar telemáticamente determinadas declaraciones tributarias).
Para aquellos tipos de vehículos que no están incluidos en las citadas tablas, el modelo 620 deberá presentarse en papel cualquiera que sea la condición del presentador.