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  Información Tributaria desde el Web
> Buzón de Información Tributaria

(Actualizada a 19 de junio de 2008)

El servicio del Buzón de Información Tributaria responde a las dudas de carácter básico que puedan surgir en la aplicación de los tributos, como una herramienta ágil y de respuesta inmediata, si bien la información ofrecida a través de este servicio, no vincula a la Administración y no puede ser utilizada como fundamento en recursos o reclamaciones.

Según establecen los artículos 88 y 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los contribuyentes pueden formular a la Dirección General de Tributos consultas respecto al régimen, la clasificación o la calificación tributaria que en cada caso les corresponda.

La contestación a estas consultas tributarias escritas, formuladas antes de la finalización del plazo establecido para el ejercicio de los derechos, la presentación de declaraciones o autoliquidaciones o el cumplimiento de otras obligaciones tributarias, deberá realizarse en el plazo de seis meses desde su presentación y tendrá efectos vinculantes para los órganos y entidades de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos en su relación con el consultante, salvo que planteen cuestiones relacionadas con el objeto o tramitación de un procedimiento, recurso o reclamación iniciado con anterioridad a la formulación de la consulta.

BÚSQUEDA - INFORMACIÓN TRIBUTARIA DESDE EL WEB

Puede realizar búsquedas por año, por tema o por Artículos o Leyes referentes.

En el campo TEMA DE CONSULTA puede acotar las búsquedas utilizando el signo  +  o  espacios  entre las palabras.

 BÚSQUEDAS:

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FECHA DE SALIDA

NOTA: El campo TEMA realizará una búsqueda tanto en cuestiones planteadas como en contestaciones. Puede acotar la búsqueda utilizando el carácter + o espacios entre las palabras.

EJEMPLOS:   vivienda trasteros   |     vivienda+trastero

 

Es posible realizar una búsqueda avanzada sobre las consultas. Así puede hacer búsquedas por número o referencia, impuesto (IGIC, AIEM, APIC o CDP), fecha de salida, normativa, cuestión planteada, descripción de hechos, o tema de consulta.

Puede reducir la barra de búsqueda avanzada si va a realizar consultas simples.

 

ÚLTIMA INFORMACIÓN TRIBUTARIA PUBLICADA DESDE EL WEB

La siguiente lista muestra un histórico con las últimas 15 contestaciones ofrecidas a través del Buzón de Información Tributaria que se han introducido, ordenadas según fecha de salida y el detalle de las últimas 3 contestaciones insertadas hasta la fecha.

HISTÓRICO

ÚLTIMAS 3 CONTESTACIONES OFRECIDAS DESDE EL BUZÓN DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA

 

PUB. 19/06/2008

CONS. Nº

733

PUB. 29/05/2008

CONS. Nº

726

CONS. Nº

725

CONS. Nº

724

PUB. 19/05/2008

CONS. Nº

723

CONS. Nº

722

PUB. 08/05/2008

CONS. Nº

720

PUB. 07/05/2008

CONS. Nº

718

PUB. 09/04/2008

CONS. Nº

716

PUB. 08/04/2008

CONS. Nº

715

PUB. 07/04/2008

CONS. Nº

710

CONS. Nº

709

PUB. 04/04/2008

CONS. Nº

711

PUB. 03/04/2008

CONS. Nº

714

CONS. Nº

713

 

 

PUBLICADO EL 19/06/2008

CONSULTA Nº

733

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FECHA SALIDA: 19/06/2008  IMPUESTO: I.G.I.C.

NORMATIVA: 

LEY 20/1991

VOCES:   REHABILITACIÓN

CONSULTA:

El Art. 10, 22) de la Ley del IGIC señala que las segundas y ulteriores entregas de edificaciones están exentas del igic. Pero el párrafo a) de este Art. señala que esta exención no se extiende a :las entregas edificaciones para su inmediata rehabilitación por el adquirete. Pregunto: Si una sociedad compra una nave industrial con 30 años de antiguedad y una vez comprada la reforma o la arregla pues entonces el vendedor de la nave repercute IGIC y el comprador lo deduce. Es correcto ?...
 

PUBLICADO EL 29/05/2008

CONSULTA Nº

726

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FECHA SALIDA: 29/05/2008  IMPUESTO: SUCESIONES Y DONACIONES

NORMATIVA: 

LEY 14/2007

VOCES:   DONACIONES

CONSULTA:

Quisiera que por favor me informara cuánto tenemos que pagar de impuestos si yo hago una donación en efectivo a mis hijos (tanto si son residentes en Canarias o no). ¿Es un porcentaje de la cantidad a donar? ¿Hay límites? ¿Lo pagaría yo o mis hijos? Asimismo, si en vez de efectivo les dono una propiedad, ¿cuántos impuestos habría que satisfacer (siendo residentes o no)? Por último, si tuviesen que ser residentes, ¿cuánto tiempo tienen que ser residentes en Canarias? ¿Y cuánto tiempo ...
 

CONSULTA Nº

725

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FECHA SALIDA: 29/05/2008  IMPUESTO: SUCESIONES Y DONACIONES

NORMATIVA: 

LEY 14/2007

VOCES:   RESOIDENTES EN EL EXTRANJERO

CONSULTA:

en las últimas semanas son muchas las consultas que se nos plantean en cuanto a las ADQUISICION POR DONACIONES de sujetos pasivos no residentes en nuestra comunidad. En la publicación de la dirección general se contempla que "los bienes radiquen en Canarias, sin que sea necesario el cumplimiento del requisito de la residencia habitual del adquiriente" Esto desde luego llega a confundir a todas aquellas personas extranjeras que son propietarios de bienes inmuebles en Canarias y pretenden DONAR a ...