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Buzón para solicitar Información Tributaria
  Buzón para solicitar Información Tributaria

Las preguntas que se realicen en esta página se publicarán (sin mención alguna a datos de carácter personal) en el apartado DOCTRINA DE LA DGT > BUZÓN DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA WEB que actualmente cuenta con 718 preguntas realizadas por los contribuyentes y contestadas desde este servicio.

Para solicitar Información Tributaria de carácter básico respecto de la aplicación de los tributos gestionados por la Administración Tributaria Canaria rellene el siguiente formulario:

    FORMULARIO PARA SOLICITAR INFORMACIÓN TRIBUTARIA
Nombre / Razón Social * Dirección
N.I.F./C.I.F. Código Postal
E-mail * Provincia
Teléfonos Término Municipal
Persona de Contacto
Horario
 Consulta *
                                                        

* Los campos marcados con un asterisco son de carácter obligatorio.

Advertencia:

 

El servicio del Buzón de Información Tributaria responde a las dudas de carácter básico que puedan surgir en la aplicación de los tributos, como una herramienta ágil y de respuesta inmediata, si bien la información ofrecida a través de este servicio, no vincula a la Administración y no puede ser utilizada como fundamento en recursos o reclamaciones.

 

 

Según establecen los artículos 88 y 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los contribuyentes pueden formular a la Dirección General de Tributos consultas respecto al régimen, la clasificación o la calificación tributaria que en cada caso les corresponda.

 

 

La contestación a estas consultas tributarias escritas, formuladas antes de la finalización del plazo establecido para el ejercicio de los derechos, la presentación de declaraciones o autoliquidaciones o el cumplimiento de otras obligaciones tributarias, deberá realizarse en el plazo de seis meses desde su presentación y tendrá efectos vinculantes para los órganos y entidades de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos en su relación con el consultante, salvo que planteen cuestiones relacionadas con el objeto o tramitación de un procedimiento, recurso o reclamación iniciado con anterioridad a la formulación de la consulta.