Autorización para la realización de campañas antirrábicas.
Información
Información general
- Objeto:
- Autorizar la campaña de vacunación antirrábica de animales domésticos y de compañía, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- A quién está dirigido:
- Administraciones y Ciudadanos
- Grado de adaptación a la Ley 11/2007:
- Nivel 2: Disponibilidad de modelos normalizados.
- Afectado por la Directiva de Servicios:
- No
A quién debe dirigirse para solicitar información
- Órgano instructor:
- Dirección General de Ganadería
Requisitos previos
No se exigen
Tasas e impuestos
No se exigen
Tramitación
Cómo y dónde puede iniciar el trámite
- Plazo de presentación:
-
Durante todo el año
- Qué medios de presentación tiene:
-
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Qué documentación tiene que presentar:
-
- Acreditación de ser veterinario colegiado.
Descarga de modelos normalizados
Resolución
Quién y cómo resuelve el trámite
- Órgano que resuelve:
- Dirección General de Ganadería
- Plazo de resolución:
-
3
meses
- Efectos del silencio administrativo:
- Estimatorio
Recursos
Recurso Potestativo de Reposición
Normativa
Autonómica
Orden de 18 de marzo de 1998 , por la que se regula la Campaña Antirrábica. (BOC Nº 41, de 3.4.1998).
Estatal
Ley 8/2003 , de 24 de abril, de sanidad animal. (BOE Nº 99, de 25.4.2003).




