SERVICIO DE ATENCIÓN AL USUARIO

Los servicios de atención al usuario (SAU) nacen, por la necesidad de dar respuesta a una serie de requerimientos añadidos, de los pacientes y sus familiares y que no constituyen estrictamente "atención sanitaria".

El primer antecedente de estos servicios se encuentra en la Ley 14/1986, de 26 de Abri1, General de Sanidad, que regula los derechos y deberes del ciudadano con respecto a las Administraciones Públicas Sanitarias.

Posteriormente, mediante el Real Decreto 521/1987, de 15 de Abril, se crean los servicios de atención al paciente, para los hospitales gestionados por el Insalud, que desde entonces, vienen cumpliendo con la función de atención al paciente, en la vertiente de la información sobre: organización, horarios de funcionamiento y de visitas, servicios disponibles, así como cualquier otra actividad, que pueda facilitarle su relación con el centro.

La Ley 11/1994, de 26 de Julio de Ordenación Sanitaria de Canarias, regula en el Capítulo II de su Título Primero los derechos y deberes de los ciudadanos españoles, en el marco del Sistema Canario de Salud.

En este contexto, en el artículo 12 de la mencionada Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias, se dispone la creación de la Oficina de Defensa de los Derechos de los Usuarios Sanitarios, especificándose en el apartado 4º del referido artículo 12, que los servicios, centros y establecimientos públicos y privados, deberán disponer y tener a disposición de los usuarios:

  1. Información accesible, suficiente y comprensible sobre los derechos y deberes de los usuarios.
  2. Formularios de sugerencias y reclamaciones.
  3. Personal y locales bien identificados para desarrollar estas funciones.

De esta forma todos los servicios de atención al paciente tienen dependencia funcional de la O.D.D.U.S. siendo sus áreas competenciales las siguientes:

  1. Reclamaciones.
  2. Solicitudes.
  3. Iniciativas y sugerencias.
  4. Información.
  5. Derechos de los usuarios.
  6. Deberes de los usuarios.

Las solicitudes, reclamaciones, iniciativas y sugerencias relativas al funcionamiento e información de los servicios administrativos no sanitarios, las reclamaciones de contenido patrimonial, las previas a la vía judicial, los recursos administrativos, etc., seguirán rigiéndose por su normativa específica.

Para cualquier aclaración relacionada con nuestro ámbito de actuación, puede dirigirse a nosotros a través del teléfono 928 86 20 88, o bien por escrito a la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Fuerteventura, Servicio de Atención al Usuario, Ctra. Aeropuerto Km. 1, C.P. 35600 Puerto del Rosario.