Cada año el Servicio Canario de la Salud (SCS) debe establecer
los objetivos asistenciales y las inversiones a realizar en los
centros sanitarios e instituciones que tutela para alcanzar los
objetivos de salud de nuestra población. Desde el año
1994 se establece en la ley
de Ordenación Sanitaria de Canarias que el Programa de
Gestión Convenida (antiguo Contrato Programa, en lo sucesivo
Programa de Gestión Convenida) constituye la herramienta
fundamental en la que se fijan estos objetivos y donde se orientan
las acciones a desarrollar de acuerdo a los criterios y directrices
del SCS. Una vez consensuado y evaluado por las partes, dicho documento
se firma - por la Dirección del SCS, la Dirección
del Área de Salud y la Gerencia del centro - y servirá
de guía para el seguimiento de los acuerdos en él
suscritos. Este documento se divide en 2 áreas fundamentales,
la asistencial y económica, ya que contiene aspectos relacionados
con la financiación, así como la cuantía y
calidad de los servicios objeto de dicha financiación. Se
trata de vincular los objetivos asistenciales establecidos con los
presupuestos asignados, cuyo interés final será colaborar
en la mejora de la salud de nuestra población mediante la
gestión eficiente de los recursos. Basados en estos principios,
para la adecuada implantación y el seguimiento del PGC, es
necesaria la existencia y correcto funcionamiento de los sistemas
de información que permitan saber qué se hace, cómo
se hace, a quién se hace, donde se hace y cuanto cuesta hacerlo.
Para ésto harán falta una serie de indicadores definidos
que contengan información económica (indicadores de
presupuesto, gasto real y aplicado, costes de servicios, actividades
y pacientes) y asistencial (indicadores de actividad sanitaria)
El Área Asistencial contempla los Recursos y la Cartera de
servicios que constituyen la oferta asistencial del centro para
el año en curso, toda modificación posterior precisará
de la autorización del SCS.
|