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La instauración de procesos de reforma de la atención
a la Salud Mental en diversas Comunidades del Estado Español
ha ido acompañada del interés por evaluar los efectos
de las nuevas estructuras, procedimientos de organización
y formas de trabajo. Un sistema adecuado de información en
Salud Mental debe responder a las necesidades clínico-asistenciales,
de planificación y gestión, y debe permitir la comparabilidad
y el seguimiento longitudinal teniendo en cuenta los objetivos y
prioridades.
Un registro acumulativo de casos puede definirse como "un fichero
longitudinal de pacientes, pertenecientes a una población
definida, que recoge los contactos que éstos tienen con un
conjunto definido de servicios psiquiátricos". Esta definición
está centrada en pacientes y no en contactos, con lo que
se evita la doble contabilidad de los mismos, al estar referidos
a una población definida, con lo que se posibilitan las comparaciones
con los datos del censo de la misma, la extracción de tasas
y la comparación con otras, el ser longitudinal y acumulativo.
Permite un seguimiento contínuo y por estar orientado a los
servicios, proporciona datos sobre la utilización de los
mismos y no sobre la prevalencia de trastornos.
El registro se constituye a partir de una ficha de identificación
en la que cada paciente (identificado por un número clave)
se caracteriza por una serie de datos sociodemográficos (sexo,
edad, estado civil, tipo de convivencia, nivel de estudios, tipo
de cobertura sanitaria, profesión, situación laboral,
y barrio) y de uso de servicios (procedencia y existencia de antecedentes
psiquiátricos declarados fuera del área de registro).
Esta ficha abre un archivo en el que se registran los datos provenientes
de cada ficha de actividad. Los diagnósticos se registran
en las fichas de actividad.
Las fichas de actividad caracterizan cada contacto con cada uno
de los elementos de los servicios de Salud Mental. En los dispositivos
comunitarios el clínico cumplimenta por cada contacto una
ficha, imputada al paciente por su correspondiente número
de identificación y el número de historia en ese dispositivo,
y que contiene la fecha del mismo, el diagnóstico, la clave
del profesional o profesionales que participan en la actividad y
la caracterización de la misma. Esta se hace enmarcándola
en programas transversales (evaluación, atención ambulatoria,
atención urgente, interconsulta) que organizan cada tipo
de prestación y, a la vez, en uno de los programas longitudinales
que determinan la forma particular en que ello se lleva a cabo para
cada grupo de riesgo dado (infanto-juvenil, adultos, ancianos, pacientes
crónicos). En los dispositivos de hospitalización
completa o parcial se cumplimenta una ficha de ingreso que contiene
información sobre las circunstancias del mismo (fecha, hora,
acompañantes, tipo jurídico de ingreso) y sobre el
diagnóstico, y una ficha del alta que incluye el motivo de
la misma y el cauce de derivación.
Un RCP implica la recogida de información en los servicios
periféricos, una unidad central que recoge, almacena y elabora
la explotación en función de las necesidades preestablecidas
y, finalmente, la devolución de esa información ya
elaborada a las diferentes instancias, tanto asistenciales como
administrativas. Este papel correspondería, en un primer
escalón, a los Servicios de Gestión de las Gerencias
de las que dependan los dispositivos de Atención Especializada
y en una segunda instancia al Servicio de Salud Mental de la Dirección
General de Programas Asistenciales. Lejos de ser un instrumento
de control de actividad, pasa a ser una herramienta imprescindible
de ayuda y evaluación continuada de la actividad que permite
la optimización de los esfuerzos y la medición de
su efectividad.
Los RCP se iniciaron de forma piloto hace ya treinta años,
pretendiendo ofrecer una herramienta para la investigación
epidemiológica y para la evaluación y planificación
de los servicios de Salud Mental. Desde entonces, su uso se ha extendido
por todo el mundo, ha llevado al uso de indicadores más adecuados,
tanto para el conocimiento de la distribución de los trastornos
mentales, como de la actividad de los servicios de Salud Mental,
habiéndose convertido en referencia obligada de cualquier
proyecto de planificación. En España, desde que en
1983 se pusiera en marcha el primero en la Comunidad Autónoma
Vasca, casi todas las Comunidades Autónomas se han interesado
por este tipo de instrumentos. Las mayores dificultades para su
puesta en marcha han derivado de la diferente dependencia administrativa
de los distintos elementos de la red de atención a la Salud
Mental, de tal modo que, aunque existe el soporte material del registro
en varias de ellas, sólo en la zona sur de Madrid, en parte
de Asturias, en Navarra, y en zonas del País Vasco, incluyen
el 100% de las prestaciones dispensadas por los servicios públicos
de Salud Mental a la población del área de referencia.
Para potenciar esta línea estratégica y entre otras
medidas, se pretende dotar a todos los dispositivos de Atención
a la Salud Mental del correspondiente soporte informático
y humano para hacerlo útil.
En Abril de 2003, comienza un proyecto piloto par evaluar la implantación
del RCP. Se elige el área de influencia asistencial del Hospital
de Gran Canaria Dr. Negrín. Para ello se contratan dos administrativas
que toman a su cargo el registro de la información correspondiente
al RCP de las cuatro USM pertenecientes a dicho hospital. Este proyecto
se evaluó en Abril de 2004, plasmándose en una planilla
consensuada de recogida de datos, así como unas fichas: epidemiológica,
de rehabilitación psicosocial y de tentativa de suicidio,
que servirá de modelo para ejecución efectiva del
RCP.
El Plan de Salud de Canarias 2004-2008, dentro de sus líneas
estratégicas, contempla la puesta en marcha del RCP, que
ya ha pasado su fase de pilotaje como hemos dicho, estando prevista
la implementación de la nueva aplicación durante el
2006.
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