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Gobierno de Canarias  
Funciones del servicio de Atención Especializada

La Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias define a la atención especializada como "La asistencia sanitaria hospitalaria y extrahospitalaria prestada en general por indicación médicas del personal de los equipos de atención primaria, por el equipo de profesionales sanitarios del área de salud, bajo la dirección de los responsables médicos hospitalarios competentes en función de la especialidad que tiene por finalidad la curación y rehabilitación de los ciudadanos, una vez sobrevenidos procesos que requieran asistencia de mayor complejidad técnica".

El Servicio de Atención Especializada, dependiente de la Dirección General de Programas Asistenciales, utiliza los recursos asistenciales de todos los centros y establecimientos hospitalarios del Servicio Canario de la Salud, así como de los privados concertados cuando las necesidades asistenciales lo justifican, tiene como funciones las determinadas en
la Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias y que pueden resumirse en:

  • Apoyo médico y quirúrgico a la Atención Primaria de Salud a través de:

    • Servicios Hospitalarios: Hospitales del S.C.S. y Centros concertados.

    • Servicios Extrahospitalarios: Centros Ambulatorios de Especialidades (C.A.Es.)

  • Planificación de la Atención Especializada en el Servicio Canario de la Salud, coordinando las actuaciones de las Gerencias y Direcciones de Area.

  • Participar en actividades docentes y de investigación.
  • Coordinación con Atención Primaria a través de Programas Específicos, Formación continuada y establecimiento de Protocolos conjuntos para determinadas patologías o procesos.