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Los titulares o representantes legales de centros, servicios y
establecimientos sanitarios ubicados en la Comunidad Autónoma
de Canarias deben solicitar autorización para la instalación
o el funcionamiento de los mismos. A estos efectos presentarán
solicitud dirigida al órgano competente, de acuerdo con lo
dispuesto en la legislación sanitaria, en cualquiera de los
registros establecidos en la normativa general sobre procedimiento
administrativo común.
Si por alguna causa variasen las circunstancias que motivaron la
petición de la solicitud, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
todo interesado podrá desistir de su solicitud por cualquier
medio que permita su constancia ante la administración.
Todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios deberán
aportar la documentación indicada para cada tipo de autorización.
PARA AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN
(Art. 7 Decreto 225/1997)
1. DOCUMENTO ACREDITATIVO PERSONALIDAD DEL SOLICITANTE:
- Fotocopia D.N.I. y/o N.I.F.
- Fotocopia escritura constitución de la sociedad y poder
representativo de la persona autorizada, con su correspondiente
D.N.I.
- Fotocopia del C.I.F.
2. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE PROPIEDAD O DISPONIBILIDAD JURÍDICA
DEL CENTRO, SERVICIO O ESTABLECIMIENTO SANITARIO:
- Fotocopia contrato arrendamiento o escritura de compraventa
del local.
3. MEMORIA DESCRIPTIVA:
- Objetivos asistenciales.
- Oferta de Servicios prevista.
- Recursos Humanos previstos cuantificado y clasificado por categoría
profesional.
- Plan de Equipamiento previsto.
- Proyecto visado por el correspondiente colegio profesional que
contenga planos originales de distribución de espacios
y cotas.
- Certificaciones de adecuación de dicho proyecto
a las normas en vigor en materia de electricidad, agua, gases
medicinales/ vacío y climatización.
- Ficha Técnica de Accesibilidad, cumplimentada y
firmada por técnico cualificado y VISADA POR EL CORRESPONDIENTE COLEGIO OFICIAL, conforme al Anexo 6
del Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad
y supresión de barreras físicas (B.O.C. nº
150, de 21 de noviembre de 1997) (se facilita modelo anexo
V).
- Adicionalmente, en caso de que la obra se efectúe en
centro autorizado, certificación por la que se garantiza
que la reforma no afectará a la actividad asistencial,
firmada por el redactor del proyecto y por el responsable sanitario
del centro.
4. DOCUMENTACIÓN URBANÍSTICA:
- Cédula Urbanística u otro documento sustitutorio,
que acredite que no existe impedimento que haga inviable o incompatible
con la normativa urbanística aplicable, el uso y actividad
que se solicita.
- Copia de la solicitud de Licencia Urbanística.
PARA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO (Art.
15 Decreto 225/1997)
1. DOCUMENTO ACREDITATIVO PERSONALIDAD DEL SOLICITANTE:
- Fotocopia D.N.I. y/o N.I.F.
- Fotocopia escritura constitución de la sociedad y poder
representativo de la persona autorizada, con su correspondiente
D.N.I.
- Fotocopia del C.I.F.
2. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE PROPIEDAD O DISPONIBILIDAD JURÍDICA
DEL CENTRO, SERVICIO O ESTABLECIMIENTO SANITARIO:
- Fotocopia contrato arrendamiento o escritura de compraventa
del local.
3. MEMORIA DESCRIPTIVA:
- Oferta de Servicios (se facilita modelo anexo
I).
- Plantilla de Personal: Se presentará la siguiente documentación:
- Relación nominal de dicha plantilla por categoría
profesional
- Declaración del titular respecto de la relación
contractual (se facilita modelo anexo
II).
- Compromiso de cada una de las personas que realizan asistencia
sanitaria (se facilita modelo anexo
III).
- Certificado de colegiación del personal sanitario obligado
a estarlo, y en su caso, fotocopia compulsada de la titulación
académica que habilite para llevar a cabo las actividades
que se han de autorizar.
- Equipamiento: relación detallada del equipamiento sanitario,
indicando marca, modelo y número de serie (se facilita
modelo anexo
IV). Fotocopia de la Declaración de Conformidad/CE.
- Horario y días de apertura del centro y desglosado por
unidades asistenciales (se facilita modelo anexo
I).
- En el caso de existir radiodiagnóstico médico:
- Copia del Diploma de Acreditación de Director y,
si existe, operador (radiodiagnóstico) o Supervisor
y operador (Med. Nuclear y Radioterapia) emitidos por el Consejo
de Seguridad Nuclear ó una Entidad autorizada.
- Copia del Certificado de la Empresa de Venta y Asistencia
Técnica (E.V.A.T.) que asegure que el equipo ha sido
objeto de instalación adecuada
- Pruebas de aceptación firmada por la E.V.A.T. y el
titular.
4. PLANO A ESCALA: firmado por Técnico competente,
expresivo de la distribución y dimensiones de las distintas
dependencias del centro, servicio o establecimiento sanitario. Este
plano deberá ser original o, si es copia, deberá garantizar
la escala prevista en el original. En el caso de los centros en
que se ha tramitado autorización de instalación previa,
no es necesario aportar planos adicionales, salvo modificaciones.
5. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE AUTORIZACIONES, APROBACIONES Y
HOMOLOGACIONES QUE REQUIERAN LAS INSTALACIONES O EQUIPAMIENTO DEL
CENTRO, SERVICIO O ESTABLECIMIENTO SANITARIO, CONFORME A SU NORMATIVA
ESPECÍFICA. Ficha Técnica de Accesibilidad, cumplimentada
y firmada por técnico cualificado y VISADA POR EL CORRESPONDIENTE COLEGIO OFICIAL, conforme al Anexo 6 del
Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión
de barreras físicas (B.O.C. nº 150, de 21 de noviembre
de 1997) (se facilita modelo anexo
V).
PARA AUTORIZACIÓN SANITARIA DE MODIFICACIÓN
Solicitud de Autorización Sanitaria de modificación
en la titularidad:
- Documentos 1 y 2 reflejados en la autorización de funcionamiento
(aportar necesariamente).
- Resto documentos aportar solo si se ha producido alguna variación.
Solicitud de Autorización Sanitaria de modificación
en la oferta asistencial:
- Documento 3 reflejado en la autorización de funcionamiento
(aportar necesariamente).
- Resto documentos aportar sólo si se ha producido alguna
variación.
Solicitud de Autorización Sanitaria de modificación
en la estructura:
- Documento 4 reflejado en la autorización de funcionamiento
(aportar necesariamente).
- Documento 5 reflejado en la autorización de funcionamiento
(aportar necesariamente).
- Resto documentos aportar solo si se ha producido alguna variación.
También deberá presentarse cuando corresponda junto
con la solicitud y documentación citada:
Deberán aportar documentación específica,
además de la indicada con anterioridad, los centros, servicios
y establecimientos sanitarios citados a continuación:
A lo largo del procedimiento de autorización o una vez abierto
el centro, servicio o establecimiento sanitario, se podrá
aportar documentación expresiva de las variaciones que hayan
tenido lugar, respecto a las condiciones originales, a fin de actualizar
los datos del centro. Facilitamos modelo al efecto, que debe ir
acompañado de la documentación acreditativa y modelos
correspondientes citados con anterioridad.
Se tendrá en el centro a disposición de la inspección,
en los casos que corresponda
- Declaración ante la Agencia de Protección de
Datos de los ficheros de carácter personal.
- Plan de Gestión de Residuos Intracentro declarado ante
la Dirección General de Salud Pública.
- Alta ante el órgano competente en materia de Medio Ambiente,
como Pequeños Productores de Residuos Peligrosos.
- Contrato con empresa autorizada para la recogida de residuos.
- Expediente personal de cada profesional en el que se conserva
toda su documentación, incluidos el vínculo contractual,
certificado de colegiación y los correspondientes títulos.
- Protocolos de esterilización de instrumental.
- Protocolos de primeros auxilios.
- Protocolos de asistencia específicos de las correspondientes
unidades asistenciales.
- Contrato de mantenimiento con entidades acreditadas para el
equipamiento electromédico existente en el centro.
- Manual de funcionamiento de los equipos en castellano.
- Si cuenta con Radiodiagnóstico en el Centro deberá
existir:
- Programa de Garantía y Control de Calidad acorde
a lo establecido en la legislación específica
vigente.
- Informe completo elaborado por Unidad Técnica de
Protección Radiológica, autorizada por el Consejo
de Seguridad Nuclear. Dicho informe tendrá antigüedad
inferior a un año, a disposición de la inspección
sanitaria.
Las solicitudes deberán ser presentadas por el titular o
representante legal del centro en las oficinas del propio Servicio
de Acreditación y Autorización situado en:
DIRECCIONES |
C/ Pérez de Rozas, nº 5
- 4ª Planta
38004 -Santa Cruz de Tenerife
Telf.: 922 600 542
Fax: 922 475 768 |
Plaza del Fuero Real de Gran Canaria,
nº 4
Edif.Tamarco (Fuente Luminosa)
35004 -Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928 452 336
Fax: 928 452 531 |
Igualmente podrán presentarse en las oficinas que prevé
el art. 3 del decreto 164/1994, de 29 de Julio por el que se adaptan
los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma
a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común (B.O.C. nº102, de 19.08.94).
La unidad administrativa del Servicio de Acreditación y
Autorización adscrito a la Dirección del Servicio
Canario de la Salud, examinará la documentación relativa
al centro, servicio o establecimiento sanitario, estando facultada
para solicitar en cualquier momento la información y documentación
que estime necesaria.
Una vez constatado documentalmente que se cumplen los requisitos
exigidos, se procederá a verificarlo, cuando proceda, mediante
visita de inspección. No será precisa la inspección
cuando, mediante el estudio de la documentación aportada
se constate el incumplimiento.
La tramitación del procedimiento se ajustará a lo
dispuesto en la normativa general sobre Procedimiento Administrativo
Común.
Todo interesado podrá desistir de su solicitud, formulando
la petición por escrito, en cualquier momento del procedimiento
antes de que recaiga resolución expresa.
El procedimiento finaliza mediante Resolución expresa de
la Dirección del Servicio Canario de la Salud, notificada
al titular o representante legal, en el plazo de TRES MESES,
a contar desde la presentación de la solicitud. Si transcurrido
dicho plazo no se hubiese dictado y notificado resolución
expresa, la solicitud se entenderá estimada.
- La vigencia de la Autorización estará supeditada
al mantenimiento de las condiciones originarias que sirvieron
de base para su otorgamiento y en su caso, al cumplimiento de
la normativa específica en vigor en cada momento.
- La autorización sanitaria concedida se entiende que lo
será, con independencia y sin perjuicio de las restantes
autorizaciones o licencias competencia de otras administraciones
públicas, que en cada caso deban otorgarse, y cuya obtención
es responsabilidad del titular del centro, servicio o establecimiento
sanitario.
- La autorización no conferirá derecho alguno en
relación a la Red Sanitaria de Utilización Pública,
ni tampoco en cuanto a la concertación ni financiación
pública.
- La alteración de cualquiera de las condiciones originarias
deberá ser solicitada, antes de efectuarse, al Servicio
de Acreditación. y Autorización.
- La revocación de la autorización será acordada
por la Dirección del Servicio Canario de la Salud tras
comprobación del motivo que la origine, materializada en
la correspondiente Acta de Inspección, la cual se practicará
de oficio, o a instancia de otra Administración Pública
o denuncia de particular.
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