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Requerimiento subsanación de solicitudes de abono: Anuncio (BOC nº 221, de 15.11.2018)
Relación de beneficiarios requeridos para subsanación de solicitud de abono (Anexo): mire en la Leyenda los códigos señalados
Fin plazo para subsanar la solicitud de abono: 5 dias hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación del Anuncio en el BOC (BOC nº 221, de 15.11.2018)22/11/2018): 22/11/2018
Requerimiento presentación de justificación: Anuncio (BOC nº 206, de 24.10.2018)
Relación de beneficiarios que no presentaron la solicitud de cobro en plazo (hasta el 16/10/2018)
Fin plazo para solicitar el cobro: 6 de noviembre de 2018
Correccion de errores concesión definitiva (BOC nº 193, de 4.10.2018)
Resolución de concesión definitiva (BOC nº 149, de 2.8.2018)
Los solicitantes que hubieran aceptado la resolución provisional no deberán presentar una nueva aceptación, salvo que se haya modificado alguna de las condiciones de concesión.
Documentación a presentar con la aceptación:
- Alta como terceros en la Comunidad Autónoma de Canarias
- En el caso de proyectos del tipo C)1 (Desarrollo tecnológico aplicado) contrato de colaboración con Centro Tecnológico, Centro de Investigación, Grupo de Investigación de una Universidad o Colaborador Externo que acredite suficiente especialización (convenio o documento que establezca los términos técnicos y económicos de la colaboración), cuando la Pyme no acredite personal técnico para desarrollar el proyecto.
Plazo para aceptar la subvención: 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOC de la resolución de concesión definitiva (desde el 3.8.2018 hasta el 9.8.2018).
Presentación de la aceptación la subvención: Se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria https://sede.gobcan.es/ceicc/tramites/5012
Plazo para realizar y justificar la inversión subvencionada: Desde el 1.1.2018 hasta el 16.10.2018.
Solicitud de abono: Hasta el 16.10.2018
Documentación para solicitar el cobro:
- Anexo V.A Memoria Económica Jusitficativa
- Anexo V.B Memoria Actuación Justificativa
- Anexo V.C Declaración responsable
- Anexo VI Relación justificantes de Inversión (Cuadro informe de auditoría)
- Anexo IX Aceptación de nueva persona jurídica constituida
En caso que el beneficiario de la subvención fuese una persona física y éste constituyera una persona jurídica para el ejercicio de la actividad empresarial para la cual ha solicitado la subvención que reuniera los requisitos establecidos en la base tercera de la Orden de bases, deberá presentar el Anexo IX “Aceptación de la subvención concedida por personas jurídicas de nueva constitución”, junto con la solicitud de abono.
Resto de documentación a presentar para el cobro
Modelo para cartel y página web- logos
Facturas:
Las facturas, cuyos originales permanecerán custodiadas por la entidad, se marcarán previamente con una estampilla con el siguiente texto:
"La presente factura sirve de justificante parcial/total por importe de ...................... euros, a la subvención concedida por la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento con cargo al PILA 157G0042 cofinanciada en un 85% por el FEDER dentro del Programa Operativo 2014-2020 y con destino a proyectos de inversión de PYME en Canarias.”
No se admitirá el pago en metálico de los gastos subvencionables.
Será obligatoria la consignación en las facturas, de cuantos datos de las operaciones describan y distingan, de forman indubitada, los conceptos relativos a las mismas y los gastos subvencionados, en particular: sus precios unitarios, marcas, modelos, tipos o series, expresión en moneda euro y lengua castellana.
Las facturas deberán estar acompañadas de la acreditación de los correspondientes pagos, que incluirá el documento de pago junto con el extracto bancario donde se refleje el cargo correspondiente, que como mínimo incluya: importe, fecha, concepto del pago, ordenante y receptor.
En caso de incidencias técnicas en la presentación de la documentación:
1) Guarde una impresión de pantalla (tecla "Impr Pant" en su teclado) donde conste la fecha de la incidencia (fichero en pdf o jpg).
2) a) Si está en nuestro aplicativo, diríjase a “Ayuda” y rellene el formulario con el nombre del solicitante, siendo obligatorio adjuntar el fichero que recoge la incidencia mencionado en el apartado 1). El procedimiento a seleccionar para esta opción es “Otro”.
b) Si está fuera de nuestro aplicativo diríjase a https://sede.gobcan.es/ceicc/formulario_contacto y rellene el formulario como se ha indicado en el apartado a).
Información general relevante: En caso de incidencia general, véase página principal de la sede electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento.
Incremento dotación presupuestaria: Se incrementa la dotación presupuestaria en 253.512,77 euros, siendo por tanto, la cuantía global disponible de 4.953.512,77 euros. (BOC nº 148, de 1.8.2018).
Resolución de concesión provisional (BOC nº 128, de 4.7.2018)
- Anexo IV aceptación (versión openoffice)