Está en:
Este órgano,
con rango de Dirección General, da apoyo
a la Comisión de Coordinación de
Ciencia, Tecnología e Innovación
para la planificación, coordinación,
evaluación y seguimiento de las actividades
de investigación científica, desarrollo
tecnológico e innovación en Canarias.
Además tiene funciones de coordinación
entre los órganos competentes de la Administración
Pública de la Comunidad Autónoma
, de la Administración General del Estado,
Unión Europea y de las restantes Comunidades
Autónoma.
Corresponden a la Oficina de Ciencia, Tecnología
e Innovación, en su función de apoyo
a la Comisión de Coordinación de
Ciencia, Tecnología e Innovación,
las siguientes competencias:
a) la elaboración del Plan Canario de Investigación,
Desarrollo e Innovación, del Plan Canario
de Cooperación Científico-Técnica
con redes internacionales y del Plan Canario de
Formación del Personal Investigador, así
como realizar su seguimiento;
b) la articulación de los mecanismos necesarios
para el control de la correcta aplicación
de los fondos presupuestados, la disposición
y la divulgación de las conclusiones obtenidas;
c) el fomento de la interrelación y sinergia
de los organismos e instituciones públicos
y privados de investigación y desarrollo
y las empresas, de cara a conseguir un mayor aprovechamiento
de los resultados de la investigación científica,
el desarrollo tecnológico y la innovación,
sin perjuicio de las competencias atribuidas a
otros órganos;
d) la coordinación y promoción de
las relaciones en el ámbito internacional,
nacional e interregional en materia de investigación
científica, tecnología e innovación;
y articular la colaboración a tales efectos
con las entidades, universidades, administraciones
y organismos que correspondan, sin perjuicio de
las competencias del Estado;
e) la planificación y coordinación
de la participación de la Comunidad canaria
en programas y fondos europeos o internacionales
de investigación científica y desarrollo
tecnológico;
f) el establecimiento y la promoción de
estudios de prospectiva científica y tecnológica;
g) la elaboración de la memoria anual de
las actividades de investigación científica
y desarrollo tecnológico y elevarla al
Parlamento de Canarias para su conocimiento;
h) cuantas otras le atribuya la Comisión
de Coordinación de Ciencia, Tecnología
e Innovación o la Ley.
Corresponde al Gobierno el nombramiento y cese
del director de la Oficina.
© Gobierno de Canarias