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Funciones de la Dirección General de Relaciones de África

La Dirección General de Relaciones con África se encarga de gestionar las competencias en materia de cooperación al desarrollo en los países africanos. Este órgano del Gobierno Autónomo presta asistencia y apoyo administrativo al Comisionada de Acción Exterior en aquellas acciones que han sido aprobadas por el Gobierno. Las actuaciones del Comisionado están dirigidas a promover la participación de los empresarios canarios en políticas de cooperación, exportación de servicios y transferencia de tecnologías. Además, coordina y orienta las actuaciones sectoriales, comerciales, culturales y económicas que se realizan en África y lleva a cabo el seguimiento y cumplimiento de los proyectos y sus objetivos. La Dirección General de Relaciones con África promociona iniciativas, actuaciones o proyectos de cooperación al desarrollo entre entidades dependientes así como por otros entes públicos o privados y mantiene relaciones con la Agencia Española de Cooperación Internacional.

En materia de acción exterior de la Comunidad Autónoma en los países africanos, le corresponden las siguientes competencias:

a) la asistencia y apoyo administrativo al Comisionada de Acción Exterior en sus competencias en relación con la acción exterior en los países africanos;
b) la gestión de las relaciones con los países africanos, de acuerdo con las líneas generales aprobadas por el Gobierno y las directrices del Comisionada de Acción Exterior;
c) la coordinación y el apoyo de la promoción comercial e industrial para promover la participación de los empresarios canarios en las políticas de cooperación y la exportación de servicios y la transferencia de tecnología;
d) la coordinación de las actuaciones sectoriales que se desarrollan desde Canarias con áfrica;
e) la coordinación de las actuaciones comerciales, culturales y económicas que se realicen desde Canarias en los países africanos;
f) el análisis de la información política, social y económica y su difusión entre los agentes económicos y sociales para orientar las actuaciones en el continente africano;
g) la coordinación de las oficinas de las entidades instrumentales de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias situadas en territorio africano.

3. En materia de cooperación con los países del Tercer Mundo o en vías de desarrollo, le corresponden las siguientes competencias:

a) la elaboración de los proyectos y propuestas en las que se establezcan los criterios y prioridades que deben regir las ayudas de cooperación al desarrollo de las Consejerías del Gobierno de Canarias;
b) la elaboración de las propuestas de normativa reguladora de las ayudas y subvenciones para la cooperación y el desarrollo;
c) la gestión de las convocatorias públicas de ayudas, subvenciones y transferencias en materia de cooperación al desarrollo;
d) la gestión de la cooperación al desarrollo no incluida en el apartado anterior en los países africanos y con cargo a los créditos de su programa presupuestario;
e) el apoyo administrativo a la Comisión de Cooperación para el Desarrollo;
f) el seguimiento de los proyectos de cooperación y del cumplimiento de sus objetivos;
g) la promoción de iniciativas, actuaciones, programas y proyectos en materia de cooperación y desarrollo por los demás departamentos y entidades dependientes, así como por otros entes públicos o privados de la Comunidad Autónoma;
h) las relaciones con la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Marco Legal
Decreto 172/2007, de 17 de julio (BOC Nº 145, de 19.07.2007)
Decreto 206/2007, de 13 de julio (BOC nº 141, de 14.07.2007)
Decreto 7/2004, de 3 de febrero (BOC Nº 27, de 10.02.2004)
Decreto 263/2003, de 26 de septiembre (BOC Nº 188, de 26.09.2003)


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