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Hacienda abona 4,4 millones por el impuesto de combustible de marzo a transportistas, agricultores y ganaderos

Román Rodríguez destaca la diligencia y rapidez con la que el Gobierno ha practicado esta ayuda específica a 6.260 beneficiarios de los sectores más golpeados por la inflación

De la cantidad total devuelta, 1,8 millones se corresponden con el incremento aprobado por Hacienda el pasado 25 de marzo

La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos del Gobierno de Canarias ha ordenado  el abono de 4.426.679,16 euros en concepto de devolución del Impuesto Especial sobre Combustibles Derivados del Petróleo del mes de marzo, que recibirán desde mañana mismo los transportistas, agricultores y ganaderos beneficiarios de la medida.

El vicepresidente canario y consejero del área, Román Rodríguez, precisó hoy que, de esta cantidad, 1,8 millones de euros se corresponden con el incremento de la devolución del 68% al 99,9% aprobada por su departamento el 25 de marzo con efecto retroactivo al 1 de marzo.

“Hemos actuado con diligencia y rapidez para ayudar a los sectores más perjudicados por el incremento del precio del petróleo, de modo que en menos de veinte días 6.260 beneficiarios han podido recibir las cantidades correspondientes al primer  mes de vigencia de esta medida extraordinaria, lo que da idea del compromiso del Gobierno de Canarias con todos aquellos a los que la inflación está golpeando más duramente”, señaló.

El vicepresidente explicó que son, precisamente, este tipo de medidas “específicas y puntuales” las más adecuadas para afrontar la subida de precios, por lo que el Ejecutivo seguirá trabajando para articular otras que permitan aliviar la delicada situación económica de nuevos sectores.

Rodríguez subrayó que la ampliación de la devolución del Impuesto Especial de Combustible del 68% al 99,9% elimina de hecho cualquier imposición sobre esta figura para los transportistas, agricultores y ganaderos, puesto que el IGIC está gravado con tipo 0. En la Península, el IVA del combustible es del 21%.

La devolución parcial del Impuesto Especial sobre Combustibles Derivados del Petróleo viene recogida en su propia ley reguladora, que data de julio de 1986. En ella se especifica que los agricultores y transportistas tendrán derecho a la devolución parcial del impuesto que grava la gasolina y el gasóleo profesional utilizados por vehículos que se hallen afectos al desarrollo de actividades de agricultura, ganadería y transporte (discrecional y regular de viajeros, de mercancías y taxistas) y cuyos datos estén debidamente inscritos en el Censo de Agricultores y Transportistas.

El impuesto en la actualidad es de 26,5 céntimos por litro en el caso de la gasolina y de 22,2 céntimos en el caso del gasóleo.

De estas cantidades, el Gobierno devuelve desde el año 1986 el 68% a los transportistas, agricultores y ganaderos, una devolución que ahora y hasta el 31 de julio será prácticamente integra.