Información

 

Red de Calidad del Aire de Canarias

Actualmente operan en Canarias 3 redes de inmisión, de las cuales 2 son privadas y están asociadas a fuentes de emisión, por lo que su principal cometido es el de verificar cómo las emisiones van diluyéndose y extendiéndose por las zonas colindantes. La otra es de titularidad pública y pertenece a la Viceconsejería de Medio Ambiente.

REDNº DE ESTACIONES
ENDESA29
CEPSA5
MEDIO AMBIENTE24

Zonificación

La evaluación de la calidad del aire exigida por la normativa se aplica en zonas definidas en función de diversas características, como son la población y ecosistemas existentes, las diferentes fuentes de emisión, características climatológicas y topográficas, etc. Esta zonificación está recogida en la Orden de 24 de Mayo de 2016, por la que se aprueba la zonificación para la evaluación de la calidad del aire en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Actualmente las estaciones operativas de la Red de Calidad del Aire del Gobierno de Canarias son:

ZONASESTACIONESRED
Casa CunaCEPSA
Depósito Tristán - Sta Cruz de TFCEPSA
García Escámez - Sta Cruz de TFCEPSA
Aglomeración de Santa Cruz de TenerifeParque de la Granja - Sta Cruz de TFCEPSA
San Cristóbal de La LagunaTome CanoMEDIO AMBIENTE
Vuelta Los Pájaros - Sta Cruz de TenerifeCEPSA
Piscina Municipal-Sta Cruz de TFMEDIO AMBIENTE
Tena Artigas - Sta Cruz de TenerifeMEDIO AMBIENTE
Tío Pino - Sta Cruz de TenerifeMEDIO AMBIENTE
Palmetum - Sta Cruz de TenerifeMEDIO AMBIENTE
Portátil Comandancia Marítima - Sta Cruz de TenerifeMEDIO AMBIENTE
Portátil Hacienda - Sta Cruz de TenerifeMEDIO AMBIENTE
Portátil Bomberos - Sta Cruz de TenerifeMEDIO AMBIENTE
Portátil Comisaría - Sta Cruz de TenerifeMEDIO AMBIENTE
Zona Norte de TenerifeBalsa de Zamora - Los RealejosMEDIO AMBIENTE
La Hidalga - ArafoMEDIO AMBIENTE
Barranco HondoENDESA
BuzanadaENDESA
CaletillasENDESA
Depósito La Guancha - CandelariaENDESA
El RíoENDESA
Zona Sur de TenerifeGalletasENDESA
GranadillaENDESA
IguesteENDESA
MédanoENDESA
San IsidroENDESA
TajaoENDESA
Jinámar fase 3ENDESA
Aglomeración de Las Palmas de Mercado CentralMEDIO AMBIENTE
Gran CanariaNestor AlamoMEDIO AMBIENTE
San NicolásMEDIO AMBIENTE
Zona Norte de Gran CanariaPolideportivo Afonso - ArucasMEDIO AMBIENTE
AgüimesENDESA
ArinagaENDESA
Castillo del RomeralENDESA
Pedro LezcanoENDESA
Zona Sur de Gran CanariaPlaya del InglésENDESA
San AgustínENDESA
Camping Temisas - Sta Lucía de T.ENDESA
La Loma - TeldeENDESA
Parque de San Juan - TeldeMEDIO AMBIENTE
ArrecifeENDESA
Centro de ArteENDESA
Las Caletas - TeguiseENDESA
Costa TeguiseENDESA
Parque de la PiedraENDESA
Zona de Fuerteventura y LanzaroteCiudad Deportiva - ArrecifeMEDIO AMBIENTE
Casa Palacio - Puerto del RosarioMEDIO AMBIENTE
Tefia - Puerto del RosarioMEDIO AMBIENTE
El Charco - Puerto del RosarioENDESA
Echedo - ValverdeMEDIO AMBIENTE
El Pilar - Sta Cruz de La PalmaENDESA
San Antonio - Breña BajaMEDIO AMBIENTE
Zona de La Palma, La Gomera y El HierroLa Grama - Breña AltaENDESA
Las Balsas - S. Andrés y SaucesMEDIO AMBIENTE
Las Galanas - S.S GomeraENDESA
Centro de Visitantes - S.S GomeraENDESA
Residencia Escolar - S.S GomeraMEDIO AMBIENTE

SUPERACIONES DE LOS VALORES LÍMITES

Valor límite: es un nivel que no debe superarse fijado basándose en conocimientos científicos, con el fin de evitar, prevenir o reducir los efectos nocivos para la salud humana y para el medio ambiente en su conjunto.

Umbral de alerta: es la concentración a partir de la cual una exposición de breve duración supone un riesgo para la salud humana de la población en general y las Administraciones competentes deben tomar medidas inmediatas.

Umbral de información: es la concentración a partir de la cual una exposición de breve duración supone un riesgo para la salud humana de los grupos de población especialmente de riesgo y las Administraciones competentes deben suministrar una información actualizada.

Según el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, los valores límite establecidos para el 2010 son los siguientes:


Dióxido de Azufre (SO2)

VALOR LÍMITE HORARIO PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA VALOR LÍMITE DIARIO PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA NIVEL CRÍTICO PARA LA PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN UMBRAL DE ALERTA
350 µg/m³
No podrán superarse en más de 24 ocasiones por año civil
125 µg/m³
No podrán superarse en más de 3 ocasiones por año civil
20 µg/m³ en un año civil e invierno (1) 500 µg/m³ durante 3 horas consecutivas (2)

(1) Para la aplicación de este valor límite se tomarán en consideración los datos obtenido en las estaciones de medición definidas en el apartado II b. del anexo III del R.D. 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

(2) En lugares representativos de la calidad del aire en un área de, como mínimo, 100 km² o en una zona o aglomeración entera, tomando la superficie que sea menor.


Dióxido de nitrógeno (NO2) y óxidos de nitrógeno (NOx)

VALOR LÍMITE HORARIO PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA VALOR LÍMITE ANUAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA VALOR LÍMITE ANUAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN UMBRAL DE ALERTA
200 µg/m³ de NO2
No podrán superarse en más de 18 ocasiones por año civil
40 µg/m³ de NO2 30 µg/m³ de NOx (1) 400 µg/m³ de NO2 durante 3 horas consecutivas (2)

(1) Para la aplicación de este valor límite se tomarán en consideración los datos obtenidos en las estaciones de medición definidas en el apartado II b. del anexo III del R.D. 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

(2) En lugares representativos de la calidad del aire en un área de, como mínimo, 100 km² o en una zona o aglomeración entera, tomando la superficie que sea menor


Partículas en suspensión (PM10)

VALOR LÍMITE DIARIO PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA VALOR LÍMITE ANUAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA
50 µg/m³
No podrán superarse en más de 35 ocasiones por año.
40 µg/m³


Benceno

VALOR LÍMITE ANUAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA
5 µg/m³


Monóxido de carbono (CO)

VALOR LÍMITE PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA
10 mg/m³
(media de 8 horas máxima en un día)


Ozono (O3)

UMBRAL DE INFORMACIÓN UMBRAL DE ALERTA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA
180 µg/m³ en una hora 240 µg/m³ en una hora 120 µg/m³ en 8 horas