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En Canarias existen dos Audiencias coincidentes con la división administrativa provincial y que abarcan su jurisdicción:
Audiencia Provincial de las Palmas que extiende su jurisdicción a las Islas de Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura.
Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que extiende su jurisdicción a las Islas de La Palma, Gomera, Hierro y Tenerife.
Las Audiencias Provinciales conocen en el orden penal:
De las causas por delito, a excepción de las que la Ley atribuye al conocimiento de los juzgados de lo penal o de otros tribunales previstos en esta Ley.
De los recursos que establezca la Ley contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de Instrucción y de lo Penal de la Provincia.
De los recursos que establezca la Ley contra las resoluciones de los Juzgados de vigilancia penitenciaria en materia de ejecución de penas y del régimen de su cumplimiento.
Las Audiencias Provinciales conocerán también de los recursos contra las resoluciones de los juzgados de menores con sede en la Provincia y de las cuestiones de competencia entre los mismos.
En el orden civil:
Las Audiencias Provinciales conocen de los recursos contra resoluciones dictadas en primera instancia por los Juzgados de Primera Instancia de la Provincia.
Las cuestiones de competencia en materia civil y penal que se susciten entre juzgados de la provincia que no tengan otro superior común.
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