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Ley 19/2019, 30 diciembre, de Presidencia del Gobierno, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020.

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No existen referencias afectadas

Disposición Final 2

DisposicionesObservaciones
LEY 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023.Décima. Modificación de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020.

1. La disposición final segunda de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, queda redactada en los siguientes términos:

«Disposición final segunda. Gratificación del personal docente no universitario por el desempeño de funciones de coordinación para el bienestar y la protección del alumnado, en prevención de riesgos laborales o en tecnologías de la información y la comunicación.

Se crea un concepto retributivo que retribuirá al personal docente no universitario por el desempeño efectivo de funciones de coordinación para el bienestar y la protección del alumnado, en prevención de riesgos laborales o en tecnologías de la información y la comunicación (TIC), durante el periodo de actividades propiamente lectivas y de acuerdo con los requisitos que se establezcan por la consejería competente en materia de educación».

2. Todas las referencias a la gratificación por el desempeño de funciones de coordinación en convivencia, en prevención de riesgos laborales o en tecnologías de la información y la comunicación, contenidas en la normativa vigente, se entenderán hechas a la gratificación por el desempeño de funciones de coordinación para el bienestar y la protección del alumnado, en prevención de riesgos laborales o en tecnologías de la información y la comunicación.
 
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