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Decreto 5/2014, 23 enero, por el que se delega en el Consejero o Consejera competente en materia de energía el ejercicio de la competencia para resolver los procedimientos sancionadores por infracciones calificadas como graves en materia de energía eléctrica, prevista en el artículo 21.2 de la Ley 11/1997, 2 diciembre (BOC 158, 8.12.97; BOE 21, 24.1.98), de regulación del Sector Eléctrico Canario
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Disposiciones Afectadas
Referencias Posteriores
Materias
Publicado en:
BOLETIN OFICIAL DE CANARIAS
(
núm. 21, 31/01/2014
)
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2014/021/015.html
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Ley 11/1997, 2 diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario
Artículo 21
(apartado 2). La imposición de sanciones en caso de infracciones muy graves y graves se delega en el Consejero competente en materia de energía
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