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- Ley 2/2000, 17 julio, de medidas económicas, en materia de organización administrativa y gestión y relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias

Disposiciones afectadas | Referencias posteriores | Materias

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Disposiciones afectadas
Ley 1/1983  - Ley 4/1984  - Ley 7/1984  - Ley 11/1986  - Ley 13/1986  - Ley 2/1987  - Ley 8/1987  - Ley 13/1987  - Ley 4/1989  - Ley 14/1990  - Ley 11/1994  - Decreto-legislativo 1/1994  - Ley 14/1994  - Ley 7/1995  - Ley 6/1995  - Ley 7/1995  - Decreto 22/1997  - Ley 6/1997  - Ley 8/1997  - Ley 11/1997  - Ley 9/1998  - Ley 1/1999  - Ley 2/1999  - Ley 3/1999  - Ley 5/1999  - Ley 10/1999  - Decreto 278/1999  - Ley 14/1999  - Decreto-legislativo 1/2000
Ley 1/1983, 14 abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
Articulo 5 Bis (Estatutos de los ex-presidentes). Añadido (art 4.1)
Articulo 10 (apartado 1). Modificado (art 4.2)
Ley 4/1984, 6 julio, del Consejo Consultivo de Canarias
Disposicion Adicional 2 Añadida (art 5.3)
Articulo 10 (apartado 4. En la redacción dada por el artículo 5 de la Ley 13/1986). Modificado (art 5.1)
Articulo 11 (apartado 1). Modificado (art 5.2)
A nivel general Los camineros del Estados integrados en la Comunidad Autónoma podrán adquirir la condición de personal laboral fijo. El personal caminero que no haga uso de esta facultad quedará en situación de «a extinguir» (art 21)
Ley 7/1984, 11 diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
Articulo 37 (apartados 2 y 3. En la redacción dada por la disposición adicional 7 de la Ley 13/1987). Modificados (art 12.1)
Articulo 38 Bis Añadido (art 12.2)
Articulo 49 Modificado (art 12.3)
Articulo 52 (apartado 7. En la redacción dada por la disposición adicional 17 de la Ley 14/1994). Modificado (art 12.4)
Articulo 52 Ter Añadido (art 12.5)
Articulo 54 Bis Añadido (art 12.6)
Articulo 103 Modificado (art 12.7)
Articulo 104 Modificado (art 12.8)
Articulo 105 Modificado (art 12.9)
Ley 11/1986, 11 diciembre, de creación y regulación del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia
Articulo 8 (apartado 6). Modificado (art 14.1)
Articulo 11 Modificado (art 14.2)
Articulo 15 (apartado 5). Añadido (art 14.3)
Ley 13/1986, 30 diciembre, de modificación parcial de la Ley 4/1984, 6 julio (BOCAC 77, 3.8.84; BOE 213, 5.9.84), del Consejo Consultivo de Canarias
Articulo 5 (En la redacción dada al artículo 10.4 de la Ley 4/1984). Modificada (art 5.1)
Ley 2/1987, 30 marzo, de la Función Pública Canaria
Articulo 16 Bis Añadido (art 19.1)
Articulo 23 (apartado 1). Modificado (art 19.2)
Articulo 82 (apartados 5, 6 y 7). Añadidos (art 19.3)
Ley 8/1987, 28 abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias
Articulo 29 (apartado 1). Modificado (art 13.1)
Articulo 33 Modificado (art 13.2)
Articulo 35 Modificado (art 13.3)
Articulo 36 (apartado 2). Modificado (art 13.4)
Articulo 37 Modificado (art 13.5)
Articulo 38 (apartados 1, 3 y 4). Modificados (art 13.6) (apartado 5). Suprimido (art 13.6)
Articulo 41 (apartados 1 y 2). Modificados (art 13.7) (apartado 3). Suprimido (art 13.7)
Articulo 42 (apartado 2). Modificado (art 13.8)
Articulo 42 Bis Añadido (art 13.9)
Articulo 47 Modificado (art 13.10)
Ley 13/1987, 29 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio de 1988
Disposicion Adicional 7 (En la redacción dada al artículo 37.2 y 3 de la Ley 7/1984). Modificada (art 12.1)
Ley 4/1989, 2 mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias
Articulo 19 (apartado 3). Modificado (DA 6)
Ley 14/1990, 26 julio, de Reforma de la Ley 8/1986, 18 noviembre (BOCAC 139, 19.11.86; BOE 304, 20.12.86), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias
Articulo 27 (apartado 5). Derogado (DD 2)
Ley 11/1994, 26 julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias
Articulo 28 (apartado 5). Añadido (art 15.1)
Articulo 102 (apartado 3). Añadido (art 15.2)
Articulo 105 (apartado 3). Añadido (art 15.3)
Decreto-legislativo 1/1994, 29 julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias
Anexo Se añade el anexo de la Ley 2/1999 con las modificaciones introducidas por la Ley 10/1999. (art 3.1.12)
Articulo 29 (apartado d). Añadido (art 3.1.1)
Articulo 33 Bis (apartado 1. En la redacción dada por el artículo 2 de la Ley 10/1999). Modificado (art 3.1.2)
Articulo 54 Quater (En la redacción dada por el artículo 5 de la Ley 10/1999). Modificado (art 3.1.3)
Articulo 90 Bis (En la redacción dada por el artículo 5 de la Ley 2/1999): apartado 4. Modificado (art 3.1.4) apartado 6. Se añade un nuevo párrafo y se modifica el anexo a que se refiere este apartado (art 3.1.4) (apartados 7 y 8). Añadidos (art 3.1.4)
Articulo 91 (apartados 6 y 7). Añadidos (art 3.1.5)
Articulo 94 (apartado 2.1.b y 2.5.1). Modificado (art 3.1.6) (apartado 3.4) Suprimido (art. 3.1.6) (apartado 5.1) (art 3.1.6) (apartados 8, 9 y 10). Añadidos (art. 3.1.6)
Articulo 115 Bis (En la redacción dada por el artículo 13 de la Ley 10/1999): apartado 5.d. Añadido (art 3.1.7) apartado 6. G-3 regla 6 y G-5 regla 5. Modificadas (art 3.1.7)
Articulo 159 Modificado (art 3.1.8)
Articulo 162 (apartado 6). Modificado (art 3.1.9)
Articulo 163 (apartado 9). Añadido (art 3.1.10)
Articulo 166 (apartado 9). Añadido (art 3.1.11)
Ley 14/1994, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1995
Disposicion Adicional 17 (En la redacción dada al artículo 52.7 de la Ley 7/1984). Modificado (art 12.4)
Disposicion Adicional 20 Derogada (DD 1)
Ley 7/1995, 6 abril, de Ordenación del Turismo de Canarias
Disposicion Adicional 5 Añadida (art 10.4)
Articulo 6 (apartado 6. En la redacción dada por la Ley 5/1999). Modificado (art 10.1)
Ley 6/1995, 6 abril, de Plantillas y Titulaciones Universitarias
Articulo 7 (apartado 1). Modificado (art 20)
Ley 7/1995, 6 abril, de Ordenación del Turismo de Canarias
Articulo 13 (apartado 2.b). Modificado (art 10.2)
Articulo 35 (apartado 3). Añadido (art 10.3)
Decreto 22/1997, 20 febrero, por el que se aprueba el Plan de Empleo Operativo sobre la provision definitiva de plazas vacantes reservadas al personal laboral de la Comunidad Autonoma de Canarias
A nivel general Vigente hasta el 31.12.2000
Ley 6/1997, 4 julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias
Disposicion Adicional 3 Añadida (art 18)
Disposicion Adicional 4 Añadida (art 18)
Ley 8/1997, 9 julio, Canaria del Deporte
Disposicion Final 3 Ampliación del plazo (DA 5)
Ley 11/1997, 2 diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario
Disposicion Transitoria 2 Derogada (DD 3). Se faculta al Gobierno para que establezca, mediante Decreto y en un plazo de cuatro meses, qué consumidores de energía eléctrica tendrán la consideración de cualificados (DA 4)
Ley 9/1998, 22 julio, sobre prevención, asistencia e inserción social en materia de drogodependencias
Articulo 20 (apartado 4.a, b, i). Modificadas (art 24.1 y 2) (apartado 4.j). Añadida (art 24.2)
Ley 1/1999, 29 enero, de Residuos de Canarias
Articulo 26 (apartado 4). Modificado (art 8)
Ley 2/1999, 4 febrero, de medidas urgentes económicas, de orden social y relativas al personal y a la organización administrativa de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio de 1999
Anexo (Con las modificaciones introducidas por la Ley 10/1999). Pasa a incorporarse como anexo del Decreto-legislativo 1/1994 (art 3.1.12)
Ley 3/1999, 4 febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal
Disposicion Adicional 4 Modificada (art 1.1.5)
Articulo 7 Modificado (art 1.1.1)
Articulo 8 Modificado (art 1.1.2)
Articulo 11 (apartado 1). Modificado (art 1.1.3)
Articulo 13 (último parrafo). Modificado (art 1.1.4)
Ley 5/1999, 15 marzo, de modificación de la Ley 7/1995, 6 abril (BOC 48, 19.4.95; BOE 122, 23.5.95), de Ordenación del Turismo de Canarias
Articulo (único. En la redacción dada al artículo 6.6 de la Ley 7/1995). Modificado (art 10.1)
Disposicion Transitoria (única.apartado 4). Suprimido (art 11)
Ley 10/1999, 13 mayo, de Modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC 98, 10.8.84, corrección 67, 29.5.95)
Articulo 2 (En la redacción dada al artículo 33.bis.1 del Decreto-legislativo 1/1994). Modificado (art 3.1.2)
Articulo 5 (En la redacción dada al artículo 54.quater del Decreto-legislativo 1/1994). Modificado (art 3.1.3)
Articulo 13 (En la redacción dada al artículo 115.bis del Decreto-legislativo 1/1994). Modificado (art 3.1.7)
Decreto 278/1999, 7 octubre, por el que se aprueba el Reglamento Organico de la Consejeria de Presidencia
A nivel general *Boletines oficiales de las provincias de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife. Se asume la titularidad por la Comunidad Autónoma y su gestión dependerá de la Consejería competente en materia de publicaciones (art 6). *Contratación centralizada de telecomunicaciones. Corresponderá a la Consejería competente en materia de comunicaciones e informática (art 9)
Ley 14/1999, 28 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2000
Articulo 8 (apartado 1.i). Modificado (art 2.1) (apartado 2. h). Añadido (art 1.2)
Articulo 10 (apartado 2. j). Añadido (art 2.2)
Disposicion Adicional 12 (apartado 2). Modificado (DA 10.2)
Disposicion Adicional 21 Modificada (DA 10.1)
Decreto-legislativo 1/2000, 8 mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenacion del Territorio de Canarias (BOC 157, 24.12.94, BOE 29, 3.2.95) y de Espacios Naturales de Canarias (BOC 61, 14.5.99 correccion 75, 11.6.99; BOE 140, 12.6.99, correccion 157, 2.7.99)
Anexo Paisaje protegido de La Isleta (Gran Canaria) y Reserva Natural Especial del Chinyero (Tenerife). Se modifican las descripciones literales, delimitaciones geográficas y anexos cartográficos (DA 2.8 y 9)
Disposicion Final 1 Modificada (DA 3)
Disposicion Transitoria 2 Modificada (DA 2.7)
Articulo 61 Modificado (DA 2.3)
Articulo 63 (apartado 6). Añadido (DA 2.1)
Articulo 77 (apartado 1.a). Modificado (DA 2.2) (apartado 1.e). Añadido (DA 2.4)
Articulo 201 Bis Añadido (DA 2.5)
Articulo 228 (apartado 1). Modificado (art 7.1) (apartado 3.a). Modificado (art 7.2)
Articulo 229 (apartado 1.bis). Añadido (DA 2.6)

Referencias posteriores
A nivel general  - Articulo 3  - Articulo 8  - Articulo 12  - Articulo 13  - Articulo 17  - Articulo 19  - Articulo 21  - Articulo 23  - Disposicion Adicional 2  - Disposicion Adicional 4  - Disposicion Adicional 7

Disposiciones Observaciones

A nivel general
Dictamen 1/2000, 8 febrero, del Consejo Economico y Social de Canarias, sobre el anteproyecto de ley de medidas economicas, en materia de organizacion administrativa y gestion y relativas al personal de la Comunidad Autonoma de Canarias Dictamen sobre el anteproyecto de ley 
Dictamen 16/2000, 24 febrero, del Consejo Consultivo de Canarias, sobre anteproyecto de ley de medidas economicas, en materia de organizacion administrativa y gestion relativas al personal de la Comunidad Autonoma de Canarias Dictamen sobre el anteproyecto de ley 

Articulo 3
Decreto 171/2000, 6 septiembre, por el que se determina la cuantia de la tasa por las actividades desarrolladas por el Instituto Canario de Estadistica (apartado 1.3. En la redaccion dada al articulo 54 quater del Decreto-legislativo 1/1994). Tasas del Instituto Canario de Estadistica 
Ley 9/2006, 11 diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias (apartado Primero.1). Derogado (DD) 

Articulo 8
Ley 4/2001, 6 julio, de medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (En la redacción dada al artículo 26.4, párrafo 2 de la Ley 1/1999). Derogado (DD unica) 

Articulo 12
Orden, 26 ene 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dispone la imputación temporal de determinadas obligaciones y se regula su tramitación (apartado 2. En la redacción dada al artículos 38.bis de la Ley 7/1984). Regulación de determinadas obligaciones 
Ley 4/2001, 6 julio, de medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (apartados 1 y 2. En las redacciones dadas a los artículos 37.3 y 38.bis.3 de la Ley 7/1984). Modificados (art 6.2 y 3) 
Ley 9/2006, 11 diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias (apartado 6. En la redacción dada al artículo 54.bis de la Ley 7/1984). Derogado (DD) 

Articulo 13
Ley 2/2002, 27 marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador (apartado 8. En la redacción dada al artículo 42.2 de la Ley 8/1987). Modificado (art 14) 

Articulo 17
Ley 9/2006, 11 diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias Derogado (DD) 

Articulo 19
Ley 4/2001, 6 julio, de medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (apartado 3. En la redacción dada al artículo 82.6 de la Ley 2/1987). Se añade un apartado c (art 14.1) 
Decreto 9/2002, 13 febrero, por el que se crean especialidades dentro de los Cuerpos y Escalas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (apartado 2. En la redacción dada al artículo 23.1 de la Ley 2/1987). Cuerpos y Escalas. Creación de especialidades 

Articulo 21
Orden, 8 jul 2002, de la Consejeria de Presidencia e Innovacion Tecnologica, por la que se regula el ejercicio del derecho de opcion de los camineros del Estado, para su integracion como personal laboral de la Administracion publica canaria Camineros del Estado. Regulacion de la integracion como personal laboral de la Comunidad Autonoma de Canarias 

Articulo 23
Ley 2/2002, 27 marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador (Inspectores Médicos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes). Modificado (art 31) 
Resolucion, 10 dic 2002, de la Viceconsjeria de Administracion Publica de la Consejeria de Presidencia e Innovacion Tecnologica, por la que se dispone la publicacion de la circular conjunta de los Consejeros de Presidencia e Innovacion Tecnologica y de Educacion, Cultura y Deportes, que adopta determinadas medidas para la colaboracion y coordinacion de las competencias de ambos Departamentos en relacion con los procesos de incapacidad temporal del personal (Inspectores Medicos de la Consejeria de Educacion, Cultura y Deportes, en la redaccion dada por el articulo 31 de la Ley 2/2002). Colaboracion y coordinacion de competencias en materia de incapacidad temporal de los funcionarios 

Disposicion Adicional 2
Ley 4/2001, 6 julio, de medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (apartado 5. En la redacción dada al artículo 201.bis del Decreto-legislativo 1/2000). Modificado (art 8.2) 
Ley 2/2002, 27 marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador (apartado 7. En la redacción dada a la disposición transitoria.2 del Decreto-legislativo 1/2000). Derogada (DD unica.1) 

Disposicion Adicional 4
Decreto 205/2000, 30 octubre, por el que se establecen los consumidores de energia electrica que tendran la consideracion de consumidores cualificados en Canarias Consumidores cualificados de energia electrica 

Disposicion Adicional 7
Ley 2/2002, 27 marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador Derogada (DD unica.1) 

Materias
  • BOLETINES OFICIALES DE LAS PROVINCIAS
  • CONSEJO CONSULTIVO DE CANARIAS
  • CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
  • DEPORTES
  • DICTAMENES
  • DOMINIO PUBLICO
  • ENERGIA ELECTRICA
  • ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS
  • EXPROPIACION FORZOSA
  • FUNCION INTERVENTORA
  • FUNCION PUBLICA
  • GOBIERNO
  • HACIENDAS AUTONOMICAS
  • HACIENDAS LOCALES
  • HONORES Y DISTINCIONES
  • INSTITUTO DE HEMODONACION Y HEMOTERAPIA DE CANARIAS
  • ORGANIZACION ADMINISTRATIVA
  • ORGANOS COLEGIADOS
  • PERSONAL LABORAL
  • POLICIAS LOCALES
  • POLITICA ECONOMICA
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  • PROMOCION INTERNA
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