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Resolución, 20 ene 2004, de la Viceconsejería de la Presidencia, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación de Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias de 20 de enero de 2004, en relación con las Leyes 14/2003, 8 abril (BOC 85, 6.5.2003; BOE 134, 5.6.2003), de Puertos de Canarias, y 17/2003, 10 abril (BOC 77, 23.4.2003; BOE 162, 8.7.2003), de Pesca de Canarias

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Ley 14/2003, 8 abril, de Puertos de Canarias

Artículo 2 (apartado 4). Se acuerda la modificación del texto controvertido
Artículo 7 (apartado b). Debe interpretarse en el sentido de que el preceptivo informe previsto es el informe favorable de la Administración General del Estado, con el alcance y contenido previstos en el artículo 49 de la Ley 22/1988, 28 julio, de Costas
Artículo 11 (apartado 2). Se acuerda la modificación del texto controvertido
Artículo 56 (apartado 2). Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias para modificar su texto

Ley 17/2003, 10 abril, de Pesca de Canarias

Artículo 16 Se acuerda modificar las referencias a «informe favorable de la Consejería competente en materia de pesca» por «informe preceptivo de la Consejería competente en materia de pesca»
Artículo 17 Se acuerda modificar las referencias a «informe favorable de la Consejería competente en materia de pesca» por «informe preceptivo de la Consejería competente en materia de pesca»

No existen referencias posteriores

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