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- Orden, 12 mar 2003, de la Consejeria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentacion, por la que se regulan las condiciones para la habilitacion de las Federaciones Canarias Nautico-Deportivas para expedir la autorizacion federativa para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia maxima de motor de 40 KW y de la Federacion Canaria de Motonauticas para otorgar la autorizacion de Patron de Moto Nautica de la categoria «C»

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Disposiciones afectadas
Articulo 10 Canarias. Requisitos de las Federaciones Canarias Nautico-Deportivas
Articulo 5 (apartado 3). Canarias. Requisitos de las Federaciones Canarias Nautico-Deportivas y de Motonautica

Referencias posteriores

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