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- Ley 4/2001, 6 julio, de medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias

Disposiciones afectadas | Referencias posteriores | Materias

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Disposiciones afectadas
Ley 6/1984  - Ley 7/1984  - Ley 5/1986  - Ley 2/1987  - Ley 11/1990  - Ley 14/1990  - Ley 9/1991  - Ley 1/1992  - Ley 8/1992  - Ley 11/1994  - Decreto-legislativo 1/1994  - Ley 14/1994  - Ley 9/1995  - Decreto 22/1997  - Ley 5/1997  - Ley 11/1997  - Ley 9/1998  - Ley 1/1999  - Ley 6/1999  - Ley 10/1999  - Decreto-legislativo 1/2000  - Ley 2/2000  - Ley 7/2000
Ley 6/1984, 30 noviembre, de los Consejos Sociales, de Coordinación Universitaria, y de creación de Universidades, Centros y Estudios Universitarios
Disposicion Adicional 4 Añadida (art 10.1)
Articulo 6 (En la redacción dada por el artículo único de la Ley 5/1997). Modificado (art 10.1)
Ley 7/1984, 11 diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
Articulo 22 (apartado 1). Antiguo apartado único (art 6.1) (apartado 2). Modificado (art 6.1)
Articulo 37 (apartado 3. En la redacción dada por el artículo 12.1 de la Ley 2/2000). Modificado (art 6.2)
Articulo 38 Bis (apartado 3. En la redacción dada por el artículo 12.2 de la Ley 2/2000). Modificado (art 6.3)
Articulo 52 (apartado 10. En la redacción dada por la disposición adicional 17.1 de la Ley 14/1994). Modificado (art 6.4)
Articulo 62 Bis Añadido (art 6.5)
Articulo 62 Ter Añadido (art 6.6)
Articulo 76 (apartado 1). Modificado (art 6.7)
Articulo 95 (apartado 1). Modificado (art 6.8)
Articulo 102 Bis Añadido (art 6.9)
Ley 5/1986, 28 julio, del Impuesto especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo
Articulo 3 (apartado 1. En la redacción dada por el artículo 1.3 de la Ley 8/1992). Modificado (art 3)
Articulo 9 (Tipos Impositivos). Se modifican con efectos 13.7.2001 (DA 4)
Ley 2/1987, 30 marzo, de la Función Pública Canaria
Disposicion Adicional 1 (Grupo A.2. Cuerpo Superior Facultativo). Se añade: 2.4. Escala de Astrofísicos 2.5. Escala de Inspectores Médicos 2.6. Escala de Inspectores Farmacéuticos (art 14.3)
Disposicion Transitoria 7 Modificada (art 14.5)
Disposicion Adicional 8 Añadida (art 14.4)
Articulo 82 (apartado 6. En la redacción dada por el artículo 19.3 de la Ley 2/2000). Se añade un apartado c (art 14.1)
Articulo 85 Bis Añadido (art 14.2)
Ley 11/1990, 13 julio, de Prevención del Impacto Ecológico
Articulo 38 Derogado (DD unica)
Ley 14/1990, 26 julio, de Reforma de la Ley 8/1986, 18 noviembre (BOCAC 139, 19.11.86; BOE 304, 20.12.86), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias
Articulo 16 (apartado 2). Modificado (art 9.1)
Articulo 58 Modificado (art 9.2)
Ley 9/1991, 8 mayo, de Carreteras de Canarias
Articulo 31 (apartado 3). Añadido (art 16)
Ley 1/1992, 27 abril, del Consejo Económico y Social
Articulo 5 (apartados 1 y 3). Modificados (art 13)
Ley 8/1992, 4 diciembre, por la que se modifica la Ley 5/1986, 28 julio (BOCAC 90, 1.8.86; BOE 220, 13.9.86), del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo, se establece un recargo transitorio para los ejercicios 1992 a 1996 sobre el mismo, y se autorizan determinadas modificaciones a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1992
Articulo 1 (apartado 3. En la redacción dada al artículo 3.1 de la Ley 5/1986). Modificado (art 3)
Ley 11/1994, 26 julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias
Articulo 60 (apartado 1.n). Añadido (art 11)
Decreto-legislativo 1/1994, 29 julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias
Articulo 18 Bis (Gestión de las tasas derivadas del ejercicio de competencias delegadas en las entidades municipales). Añadido (art 1.1)
Articulo 54 Ter (apartado 5. En la redacción dada por el artículo 5 de la Ley 10/1999). Añadido (art 2.1)
Articulo 172 (Devolución del precio público. En la redacción dada por el artículo 14 de la Ley 10/1999). Modificado (art 2.2)
Ley 14/1994, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1995
Disposicion Adicional 17 (apartado 1. En la redacción dada al artículo 52.10 de la Ley 7/1984). Modificado (art 6.4)
Ley 9/1995, 28 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1996
Disposicion Adicional 16 Derogada (DD unica)
Decreto 22/1997, 20 febrero, por el que se aprueba el Plan de Empleo Operativo sobre la provision definitiva de plazas vacantes reservadas al personal laboral de la Comunidad Autonoma de Canarias
A nivel general Vigente hasta el 31.12.2001 (DT 1)
Ley 5/1997, 6 junio, de modificación del artículo 6 de la Ley 6/1984, 30 noviembre (BOCAC 127, 5.12.84; BOE 127, 28.5.85), de los Consejos Sociales, de Coordinación Universitaria, y de creación de Universidades, Centros y Estudios Universitarios
Articulo (único. En la redacción dada al artículo 6 de la Ley 6/1984). Modificado (art 10.1)
Ley 11/1997, 2 diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario
Articulo 8 (apartado 1). Modificado (DA 1)
Ley 9/1998, 22 julio, sobre prevención, asistencia e inserción social en materia de drogodependencias
Articulo 35 (apartado 3). Añadido (art 7)
Ley 1/1999, 29 enero, de Residuos de Canarias
Articulo 26 (apartado 4, párrafo 2. En la redacción dada por el artículo 8 de la Ley 2/2000). Derogado (DD unica)
Ley 6/1999, 26 marzo, de los Juegos y Apuestas
Disposicion Adicional Bis Añadida (art 4.3)
Articulo 15 Modificado (art 4.1)
Articulo 33 (apartados b y c). Modificados (art 4.2)
Ley 10/1999, 13 mayo, de Modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC 98, 10.8.84, corrección 67, 29.5.95)
Disposicion Adicional (apartado 5. tarifa 4. Matrícula para examen de asignaturas sin docencia). Añadido (art 1.2)
Articulo 5 (En la redacción dada al artículo 54.ter del Decreto-legislativo 1/1994). Se añade un apartado 5 (art 2.1)
Articulo 14 (En la redacción dada al artículo 172 del Decreto-legislativo 1/1994). Modificado (art 2.2)
Decreto-legislativo 1/2000, 8 mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenacion del Territorio de Canarias (BOC 157, 24.12.94, BOE 29, 3.2.95) y de Espacios Naturales de Canarias (BOC 61, 14.5.99 correccion 75, 11.6.99; BOE 140, 12.6.99, correccion 157, 2.7.99)
Articulo 27 (apartado 6). Añadido (art 8.1)
Articulo 201 Bis (En la redacción dada por la disposición adicional 2.5 de la Ley 2/2000). Modificado (art 8.2)
Ley 2/2000, 17 julio, de medidas económicas, en materia de organización administrativa y gestión y relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias
Disposicion Adicional 2 (apartado 5. En la redacción dada al artículo 201.bis del Decreto-legislativo 1/2000). Modificado (art 8.2)
Articulo 8 (En la redacción dada al artículo 26.4, párrafo 2 de la Ley 1/1999). Derogado (DD unica)
Articulo 12 (apartados 1 y 2. En las redacciones dadas a los artículos 37.3 y 38.bis.3 de la Ley 7/1984). Modificados (art 6.2 y 3)
Articulo 19 (apartado 3. En la redacción dada al artículo 82.6 de la Ley 2/1987). Se añade un apartado c (art 14.1)
Ley 7/2000, 28 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2001
Articulo 5 (apartado 2.b). Modificado (art 5.1)
Articulo 9 (apartado 1.e). Añadido (art 5.2)
Articulo 10 (apartado 2.g). Añadido (art 5.3)

Referencias posteriores
A nivel general  - Articulo 2  - Articulo 15  - Disposicion Adicional 2

Disposiciones Observaciones

A nivel general
Dictamen 2/2000, 24 noviembre, Consejo Económico y Social de Canarias, sobre el anteproyecto de ley de Medidas Tributarias, Financieras, de Organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias Dictamen sobre el anteproyecto de ley 
Dictamen 157/2000, 20 diciembre, del Consejo Consultivo de Canarias, en relación con el anteproyecto de ley de Medidas Tributarias, Financieras, de Organización y relativas al Personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias Dictamen sobre el anteproyecto de ley 

Articulo 2
Decreto 64/2002, 20 mayo, por el que se establece la cuantía de las tasas correspondientes a la entrega de los modelos de declaración-liquidación tributaria 450 y 451, relativo al Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias (AIEM) (apartado 1. En la redacción dada al artículo 54.ter.5 del Decreto-legislativo 1/1994). Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias (AIEM), modelos 450 y 451. Cuantía de la tasa 

Articulo 15
Decreto 97/2003, 21 mayo, por el que se establecen las equivalencias entre los Cuerpos y Escalas de funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y los correspondientes del Parlamento de Canarias, del Diputado del Común, de la Audiencia de Cuentas de Canarias y del Consejo Consultivo Equivalencias entre los Cuerpos y Escalas de los distintos funcionarios 

Disposicion Adicional 2
Decreto 188/2001, 15 octubre, por el que se reconoce a diversas empresas públicas la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y de las entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma Relación de empresas públicas consideradas como medio instrumental y servicio técnico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma 
Decreto 27/2002, 25 marzo, por el que se reconoce a la empresa pública Gestión Recaudatoria de Canarias, S.A. (GRECASA), la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma GRECASA. Reconocimiento de la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración 
Resolución, 28 ago 2006, del Secretario del Instituto Canario de la Vivienda de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, por la que se dispone la publicación del Convenio de Colaboración que regula el régimen de encargos que, al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 4/2001, 6 julio (BOC 84, 9.7.2001, correcciones 101, 6.8.2001 y 123, 19.9.2001), realice el Instituto Canario de la Vivienda a Visocan, S. A., en materia de vivienda Visocan, S. A. Convenio de regulación del régimen de encargos 
Ley 11/2006, 11 diciembre, de la Hacienda Pública Canaria Derogada (DD única.b) 
Ley 3/2007, 9 febrero, de modificación de la disposición derogatoria de la Ley 11/2006, 11 diciembre (BOC 244, 19.12.2008), de la Hacienda Pública Canaria Se modifica la derogación efectuada por la Ley 11/2006 en el siguiente sentido: Derogada con efectos desde el día siguiente de la publicación de la ley en el Boletín Oficial de Canarias (20.12.2006) 

Materias
  • ASTROFISICA
  • CABILDOS INSULARES
  • CARRETERAS
  • CONSEJO CONSULTIVO DE CANARIAS
  • CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL DE CANARIAS
  • CONSEJOS SOCIALES
  • CUERPOS Y ESCALAS
  • DELEGACIONES
  • DIPUTADO DEL COMUN
  • DROGODEPENDENCIA
  • EMPRESAS PUBLICAS
  • ENERGIA ELECTRICA
  • FARMACEUTICOS
  • FUNCION PUBLICA
  • HACIENDAS AUTONOMICAS
  • IMPACTO ECOLOGICO
  • IMPUESTO SOBRE COMBUSTIBLES
  • IMPUESTOS
  • IMPUESTOS AUTONOMICOS
  • JUEGO
  • MAQUINAS RECREATIVAS Y DE AZAR
  • MEDICOS
  • MEDIO AMBIENTE
  • MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • PARLAMENTOS AUTONOMICOS
  • PERSONAL LABORAL
  • POLITICA ECONOMICA
  • PRECIOS PUBLICOS
  • PROVISION DE PUESTOS DE TRABAJO
  • RETRIBUCIONES
  • SANIDAD
  • SERVICIO CANARIO DE LA SALUD
  • SUBVENCIONES PUBLICAS
  • TASAS
  • UNIVERSIDADES
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