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A la Dirección General de Industria y Energía, que asume las competencias de la extinta Dirección General de Industria, como órgano superior de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, le corresponde las funciones de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de industria, minas, fomento industrial, así como en artesanía, no atribuidas específicamente a otro órgano y, en concreto, las recogidas en el Capítulo IV del Título II del Decreto 55/20012, de 14 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.
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