En el sistema del plan de igualdad se han estudiado otras planificaciones
comunitarias, estatales y autonómicas. Si bien se da por entendido
que la contextualización del plan de igualdad canario en este
ámbito es plena, toda vez que los organismos de igualdad se
crean con los mismos objetivos de consecución de la igualdad
de oportunidades entre ambos sexos, hay tres elementos en las planificaciones
de igualdad que resulta de especial relevancia tener en cuenta conjuntamente,
ya que la imprevisión de alguno de ellos comprometería
seriamente que el plan fuera viable. Hablamos del instrumento que
aprueba el Plan y vincula a todos los departamentos del Gobierno en
su desarrollo (Acuerdo del Consejo de Gobierno); del Cuerpo programático
de medidas (programas y proyectos) y del sistema de implantación
y soporte por el organismo de igualdad competente en la materia, junto
con el de seguimiento, impulso, ejecución y evaluación
que el conjunto de departamentos implicados ponen en marcha para viabilizar
el desarrollo del plan.
La estructura de objetivos y medidas de los planes estatales y
autonómicos son prácticamente paralelas a las de los
planes de igualdad canarios. En cuanto a la contextualización
con el Plan de Acción Comunitario para la Igualdad de Oportunidades
entre Ambos Sexos, remitimos al capítulo de Fundamentación
Normativa, en el que se expone en detalle la estructura de la edición
de este Plan para el ejercicio 2001-2005: “Hacia una Estrategia
Marco Comunitaria sobre la igualdad entre hombres y mujeres”.
El III Plan Estatal (1997-2000) se aplica en estrecha cooperación
con los ministerios competentes en relación con las medidas;
con las comunidades autónomas y la Administración
Local; así como con las organizaciones no gubernamentales
e interlocutores sociales, a través de los órganos
existentes a estos efectos, como el Consejo Rector y la Conferencia
Sectorial, y de otros instrumentos, como convenios y subvenciones.
En cuanto a la función, es decir, el cuerpo programático,
tanto el plan de igualdad estatal como los autonómicos, si
bien con algunas diferencias en la manera de estructurar las medidas,
coinciden en abordar las siguientes materias de intervención
social e institucional:
- Derechos de las personas; derecho a la vida, a la integridad
y seguridad física y psíquica y a la libertad sexual:
prevención y erradicación de la violencia de género;
interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico
con perspectiva de género.
- Dignas condiciones de vida: prevenir y erradicar la pobreza
y la exclusión socioeconómica por diferentes causas.
- Dignas condiciones laborales; inserción y promoción
de las mujeres en el mercado de trabajo; promoción del
autoempleo y empresariado femenino.
- Dignas condiciones de salud y calidad de vida; salud integral
de género.
- Plena integración educativa y formativa; coeducación,
educación no sexista y para la igualdad de oportunidades
entre ambos sexos; formación universitaria con contenidos
de género; investigación de género; formación
del profesorado en materia de igualdad de oportunidades.
- Plena ciudadanía de las mujeres; derechos, igualdad y
dignidad de trato; plena participación sociocultural, política
y económica; representatividad y visibilidad de las mujeres
en todos los ámbitos de la vida pública y privada,
política, económica, cultural y social.
- Cambio de mentalidades, roles y valores; nuevo contrato social;
reparto de responsabilidades familiares; espacios y tiempos propios.
- Implantación de las políticas de igualdad y la
transversalidad de género en la estructura y la cultura
organizativa y competencial de las administraciones públicas;
creación de los instrumentos y mecanismos que hagan posible
la transversalidad de género en la Administración:
órganos, disposiciones legales y administrativas, dotación
económica y técnica, formación de responsables
públicas/os.
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