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III Plan Canario de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, 2003-2006

ÍNDICE
6. COHERENCIA CON OTROS PLANES

6.1. Coherencia con las planificaciones estatales y de la Unión Europea
En el sistema del plan de igualdad se han estudiado otras planificaciones comunitarias, estatales y autonómicas. Si bien se da por entendido que la contextualización del plan de igualdad canario en este ámbito es plena, toda vez que los organismos de igualdad se crean con los mismos objetivos de consecución de la igualdad de oportunidades entre ambos sexos, hay tres elementos en las planificaciones de igualdad que resulta de especial relevancia tener en cuenta conjuntamente, ya que la imprevisión de alguno de ellos comprometería seriamente que el plan fuera viable. Hablamos del instrumento que aprueba el Plan y vincula a todos los departamentos del Gobierno en su desarrollo (Acuerdo del Consejo de Gobierno); del Cuerpo programático de medidas (programas y proyectos) y del sistema de implantación y soporte por el organismo de igualdad competente en la materia, junto con el de seguimiento, impulso, ejecución y evaluación que el conjunto de departamentos implicados ponen en marcha para viabilizar el desarrollo del plan.
La estructura de objetivos y medidas de los planes estatales y autonómicos son prácticamente paralelas a las de los planes de igualdad canarios. En cuanto a la contextualización con el Plan de Acción Comunitario para la Igualdad de Oportunidades entre Ambos Sexos, remitimos al capítulo de Fundamentación Normativa, en el que se expone en detalle la estructura de la edición de este Plan para el ejercicio 2001-2005: “Hacia una Estrategia Marco Comunitaria sobre la igualdad entre hombres y mujeres”.
El III Plan Estatal (1997-2000) se aplica en estrecha cooperación con los ministerios competentes en relación con las medidas; con las comunidades autónomas y la Administración Local; así como con las organizaciones no gubernamentales e interlocutores sociales, a través de los órganos existentes a estos efectos, como el Consejo Rector y la Conferencia Sectorial, y de otros instrumentos, como convenios y subvenciones.
En cuanto a la función, es decir, el cuerpo programático, tanto el plan de igualdad estatal como los autonómicos, si bien con algunas diferencias en la manera de estructurar las medidas, coinciden en abordar las siguientes materias de intervención social e institucional:
  • Derechos de las personas; derecho a la vida, a la integridad y seguridad física y psíquica y a la libertad sexual: prevención y erradicación de la violencia de género; interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico con perspectiva de género.
  • Dignas condiciones de vida: prevenir y erradicar la pobreza y la exclusión socioeconómica por diferentes causas.
  • Dignas condiciones laborales; inserción y promoción de las mujeres en el mercado de trabajo; promoción del autoempleo y empresariado femenino.
  • Dignas condiciones de salud y calidad de vida; salud integral de género.
  • Plena integración educativa y formativa; coeducación, educación no sexista y para la igualdad de oportunidades entre ambos sexos; formación universitaria con contenidos de género; investigación de género; formación del profesorado en materia de igualdad de oportunidades.
  • Plena ciudadanía de las mujeres; derechos, igualdad y dignidad de trato; plena participación sociocultural, política y económica; representatividad y visibilidad de las mujeres en todos los ámbitos de la vida pública y privada, política, económica, cultural y social.
  • Cambio de mentalidades, roles y valores; nuevo contrato social; reparto de responsabilidades familiares; espacios y tiempos propios.
  • Implantación de las políticas de igualdad y la transversalidad de género en la estructura y la cultura organizativa y competencial de las administraciones públicas; creación de los instrumentos y mecanismos que hagan posible la transversalidad de género en la Administración: órganos, disposiciones legales y administrativas, dotación económica y técnica, formación de responsables públicas/os.

 

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