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II Plan Canario de Igualdad de Oportunidades de las Mujeres, 1997-2000
INSTITUTO CANARIO DE LA MUJER CONSEJERÍA DE EMPLEO
Y ASUNTOS SOCIALES
PRESENTACIÓN
En 1997 se hacía pública, por parte del Instituto Canario
de la Mujer, la primera edición del documento del II Plan Canario
de Igualdad de Oportunidades de las Mujeres 1997-2000 (PCIOM), el cual
sería tomado en consideración por el Consejo de Gobierno
de 10 de diciembre de ese año, al tiempo que se remitía
a todas las entidades públicas con competencia en su ejecución
a fin de servirles de guía en la puesta en marcha de acciones positivas
para la igualdad de oportunidades.
A pesar de que, en sus términos fundamentales,
contenía el cuerpo de medidas propuestas a las administraciones
públicas canarias, instituciones, corporaciones, fundaciones, organizaciones
sociales o universidades para ir haciendo efectivo el principio de igualdad
de oportunidades de las mujeres en nuestra sociedad, se trataba de un
plan inacabado, aunque pudiera comenzar, como efectivamente ha hecho,
a ser ejecutado en gran medida.
Tanto el Consejo de Gobierno de Canarias como el Consejo
Económico y Social han puesto de manifiesto dos requisitos básicos
para la efectividad del plan de igualdad de oportunidades: dotarlo de
viabilidad instrumental –económica y metodológica-,
y de apoyo e implicación por las administraciones públicas
canarias, es decir, se hacía preciso una mayor coordinación
entre el organismo de igualdad y los departamentos administrativos sobre
la realización de la acción positiva (viabilidad institucional).
En el año transcurrido, se ha hecho un esfuerzo
por parte del Instituto Canario de la Mujer por responder a estos dos
requisitos. Por un lado, se han completado los elementos de planificación
del cuerpo de medidas con el estudio económico-financiero y con
el diseño del procedimiento de ejecución, seguimiento y
evaluación del plan; y, por otro, se ha avanzado en el camino de
la vinculación del plan de igualdad a todo el Gobierno de Canarias,
mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de junio de 1998, cuyo
texto se incluye en esta edición.
Pero sabemos que no bastan los instrumentos. Un reto queda
pendiente para alcanzar la plena efectividad de un conjunto de medidas
de igualdad: la transversalidad, el desarrollo de una corriente principal
de género que atraviese todas las políticas, programas y
actuaciones del Gobierno de Canarias. Afrontar ese reto es asequible y
es necesario.
La Comisión Europea ha definido la transversalidad
como una política en la que los esfuerzos de promoción de
la igualdad no se limitan a la ejecución de medidas específicas
a favor de las mujeres, sino que se movilizan explícitamente, con
vistas a la igualdad, todas las acciones y políticas generales.
El nuevo tratado de la Unión Europea, en Amsterdam, formaliza en
sus artículos 2 y 3 el compromiso de los países miembros
con el mainstreaming o “corriente principal” de género,
al establecer la igualdad entre mujeres y hombres como una labor específica
de la Comunidad, así como un objetivo horizontal que repercute
en todas las labores comunitarias.
Nuestro Gobierno no sólo está comprometido
con las directrices sobre Igualdad de Oportunidades de las Naciones Unidas,
la Unión Europea o la Constitución Española. Nuestro
Estatuto de Autonomía establece la Igualdad de Oportunidades como
uno de los principios rectores de la política del Gobierno de Canarias.
Y, ya específicamente, en el ámbito de las políticas
de igualdad impulsadas por el Instituto Canario de la Mujer, el Consejo
de Gobierno de Canarias ha aprobado el II Plan Canario de Igualdad de
Oportunidades como un instrumento que vincula y compromete a todos los
departamentos del Gobierno de Canarias.
Con esta reedición del II PCIOM se da cuenta a la
sociedad y a las instituciones del final de un proceso y del inicio de
otro: el final de los requisitos formales y el comienzo del proceso de
coordinación, de transversalidad con las administraciones públicas
con mayor o menor implicación, pero igualdad mente vinculadas en
su ejecución. No es posible comprender la labor de un gobierno
empeñado en el progreso social y en la solidaridad y el equilibrio
entre todos los habitantes de las islas sin la asunción de la perspectiva
diferencial de género en todas las actitudes y decisiones que se
tomen en adelante.
Esto representa para el Gobierno de Canarias un compromiso
de cambio de perspectiva. No podemos continuar creyendo que existen “políticas
neutras” que se dirigen a toda la población. Ninguna política
es neutra para ningún grupo social. Todas afectan de modo diferencial
en función de las características, oportunidades, recursos,
responsabilidades y condiciones de vida de cada sector. También
significa que la igualdad de oportunidades no es patrimonio o responsabilidad
exclusiva de las políticas sociales. La política económica,
educativa, sanitaria, laboral o cultural tienen un componente diferencial
en función del género.
Incorporar la perspectiva de género en las políticas
generales y los servicios normalizados implica abandonar la idea de que
las mujeres son un sector de población aparte, con necesidades
adicionales, y que constituyen una sola categoría. Requiere empezar
a pensar con sentido de la diferencia, y analizar, como recomienda la
Comisión Europea, los distintos puntos de partida, las distintas
necesidades, las distintas oportunidades, recursos y poder con el que
parten las mujeres para el ejercicio igualitario de los derechos. Prever
los diferentes efectos que las políticas tienen en función
del género, y rectificar el diseño de cada plan, medida,
programa o política. Y ello tanto en fase de planificación,
como de aplicación y de evaluación. Porque en cada fase
habrán de tomarse elementos de la realidad que nos den información
sobre las consecuencias diferenciales que se están produciendo.
La incorporación de la transversalidad y la perspectiva
de género no necesariamente comporta una inversión presupuestaria
adicional. Es cierto que sigue siendo necesaria la creación de
servicios de información y atención a las mujeres en un
contexto cercano a la población, pero esta necesidad no debería
vincular más gastos si se formara a las y los agentes de los servicios
sociales primarios en la perspectiva de género, si se dotara de
medios suficientes para atender a las mujeres con el mismo criterio que
se utiliza para dotar otro servicio de los llamados neutrales; en fin,
si se contemplara la igualdad de oportunidades y la perspectiva de género
como parte integral de los recursos normalizados de atención a
la población.
El Gobierno de Canarias considera que la incorporación
de la transversalidad es una necesidad y una obligación, no un
sector aparte de su actividad, y comienza a trabajar con el organismo
de igualdad autonómico en la creación de la estructura de
implantación, seguimiento y evaluación del II Plan Canario
de Igualdad de Oportunidades, que es un plan transversal a todas las áreas,
no un plan sectorial de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.
Sólo así, el balance del año próximo será
un poco más igualitario y, con ello, más democrático.
Consejería de Empleo y Asuntos Sociales
Gobierno de Canarias
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