Planes Comunitarios de acción positiva
en materia de igualdad de oportunidades
- Primer Programa de Acción Comunitario para la igualdad de
oportunidades (1982-1985). Estableció las bases de una política
global en materia de empleo para las mujeres. Sus objetivos se centraron
en el desarrollo de la legislación en materia de igualdad de
trato y la promoción de la igualdad mediante acciones positivas
- Segundo Programa de Acción Comunitario para la igualdad
de oportunidades (1986-1990). Continúa las estrategias del
primer plan y profundiza en favorecer la presencia femenina en profesiones
y empleos en los que tradicionalmente estaba subrepresentada
- Tercer Programa de Acción Comunitario para la igualdad de
oportunidades (1991-1995). Persigue un incremento en la participación
de las mujeres en le mercado laboral, reducir los obstáculos
en el acceso al empleo y mejorar su calidad mediante la formación
profesional, la educación, mejor gestión de recursos
humanos y aplicación de acciones positivas en las empresas.
El Objetivo I se refiere a acciones positivas en favor de la igualdad
de oportunidades en el sistema educativo
- Cuarto Programa de Acción Comunitario para la igualdad de
oportunidades (1996-2000). Establece la transversalidad de género
como principio de integración de la dimensión de la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todas las políticas
y acciones. Sus objetivos son: movilizar a los agentes de la vida
económica y social para conseguir la igualdad de oportunidades
entre hombres y mujeres; promover la Igualdad de Oportunidades en
una economía en mutación, en la educación, la
formación ocupacional y el mercado de trabajo; conciliar la
vida profesional y familiar de hombres y mujeres; promover la participación
equilibrada de hombres y mujeres en la toma de decisiones; fortalecer
las condiciones del ejercicio del derecho a la igualdad
- Hacia una Estrategia Marco Comunitaria sobre la igualdad entre
hombres y mujeres (2001-2005). Pretende coordinar las distintas iniciativas
y programas dentro de un único capítulo, en torno a
criterios claros de determinación, seguimiento y evaluación
de género, mediante un programa de apoyo y un presupuesto específico
B3-4012. La Comisión ha establecido cinco ámbitos de
intervención:- Vida económica:Consejo Europeo de Lisboa,
marzo 2000.Insta a la Comisión y a los Estados miembros a profundizar
en todos los aspectos de la igualdad de oportunidades, incluyendo
la reducción de la segregación en el trabajo y la conciliación
del trabajo y la vida familiar. Los Fondos Estructurales son el principal
instrumento comunitario para promover la cohesión, mejorar
las perspectivas de empleo y alcanzar un desarrollo sostenible. El
nuevo Reglamento de los Fondos Estructurales (R 1260/1999, del Consejo)
prevé un mayor peso de la igualdad en el proceso de programación,
ejecución, seguimiento y evaluación. El Consejo Europeo
de Lisboa establece que el índice de empleo femenino debe subir
de un 51% a un 60% entre 2001 y 2010 para medir la igualdad entre
mujeres y hombres en la vida económica
- Fomentar igual participación y representación:Consejo
Europeo: Conclusiones de 22 de octubre de 1999, sobre equilibrio entre
mujeres y hombres en todos los procesos de toma de decisiones. Indicadores
para medir el equilibrio entre hombres y mujeres en la toma de decisiones
políticas. Los primeros objetivos vinculantes de la Comisión
datan de febrero de 1996: Comunicación de la Comisión
COM (1999) 76 final, de 18.02.99, sobre Mujeres, Ciencia y Decisión,
de mayo de 2000, cifrando en un mínimo del 40% de personas
de cada sexo que deben estar representadas en sus comités y
grupos de expertos
- Agenda de Política Social 2000-2005, Consejo Europeo de
Niza, 7 de diciembre de 2000, Comunicación de la Comisión
de la Unión Europea en materia de Igualdad de Oportunidades:-
Objetivo: .Promover la plena participación de las mujeres en
la vida económica, científica, social, política
y cívica como uno de los componentes clave en la democracia.
No se trata solamente de una cuestión de derechos, sino también
de un elemento de primera magnitud para promover el progreso económico
y social
- Acciones:
- .Aplicar la Estrategia Marco Comunitaria sobre la igualdad entre
hombres y mujeres, en particular, por medio de la aprobación
y aplicación del programa específico propuesto sobre
igualdad entre hombres y mujeres, y reforzar aún más
los derechos en materia de igualdad, recurriendo plenamente al
Tratado (propuesta de Directiva sobre la igualdad de trato en
ámbitos distintos del empleo y el trabajo basada en el
artículo 13).
- Adoptar la propuesta de modificación de la Directiva
de 1876 sobre igualdad de trato
- Supervisar de cerca la aplicación del cuarto pilar de
la estrategia de empleo y reforzarlo.
- Desarrollar, supervisar y evaluar la igualdad entre hombres
y mujeres en las administraciones públicas a todos los
niveles.
- Pedir a los interlocutores sociales que refuercen su diálogo,
prestando especial atención a: aplicar la igualdad de remuneración;
evitar la segregación del mercado de trabajo entre hombres
y mujeres y conciliar la vida familiar y profesional.