Gobierno de Canarias

Consejerķa de Presidencia y Justicia


Resolución del tercer ejercicio
 
Resolución del 3er ejercicio de la oposición del Cuerpo Auxiliar (Grupo D)

   RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE ACCESO AL CUERPO GENERAL AUXILIAR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, CONVOCADAS MEDIANTE ORDEN DE 18 DE FEBRERO DE 2003, DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,

   Visto lo dispuesto en la base 11.1 de la Orden de 18 de febrero de 2003, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Auxiliar (Grupo D), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, este Tribunal RESUELVE lo siguiente:

    1º) Los aspirantes que hayan superado el tercer ejercicio de la fase de oposición y a los efectos de justificar, en su caso, los méritos a los que se refiere la mencionada base deberán aportar los documentos acreditativos de los servicios prestados como funcionario interino del Cuerpo Auxiliar o personal laboral con categoría de Auxiliar en cualquier Administración Pública, con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.

    2º) Los documentos a aportar serán los siguientes:

    a) Certificación expedida por el órgano contratante o por el órgano que efectuó el nombramiento, en la que conste el tiempo de servicios desempeñados como Auxiliar.

    En el caso de personal de las Corporaciones Locales, el certificado deberá emitirlo el Secretario de la Corporación.

    b) Copia compulsada del contrato o de la Resolución del nombramiento.

    La falta de cualquiera de los dos documentos citados impedirá la valoración del mérito.

    3º) La documentación a la que se ha hecho referencia deberá aportarse por los aspirantes mediante instancia dirigida al Director General de la Función Pública y presentarse en el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación de la presente Resolución, en las oficinas de la Dirección General de la Función Pública u oficinas Centrales de Información y Registro.

    4º) Toda la documentación que se aporte deberá ser original o compulsada.



Santa Cruz de Tenerife a 30 de marzo de 2004


LA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL

Mª Angeles Plata Medina



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