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Viceconsejero
Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Soto Évora
Nombramiento: Decreto 243/2011, de 21 de julio (BOC nº 144, de 22.07.2011)
Web: http://www.gobcan.es/agricultura/pesca/default.htm
Avda. de Anaga, nº 35
Edf. Servicios Múltiples I
Planta 11ª
38071 Santa Cruz de Tenerife
Tfnos: 922 47 65 00
Fax: 922 24 68 43
Avda. Alcalde José Ramírez Bethencourt, nº 22
Edf. Jinámar
Planta Baja
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Tfnos: 928 11 75 80
Fax: 928 11 75 93
Bajo la superior dirección del Consejero o de la Consejera, la Viceconsejería de Pesca y Aguas es el órgano superior de apoyo directo al titular de la Consejería, encargado de dirigir, impulsar y coordinar el ejercicio de las funciones en materia de pesca marítima, marisqueo y acuicultura, inspección y vigilancia pesquera, ordenación del sector pesquero, comercialización e industrialización pesquera, investigación pesquera, formación profesional marítimo pesquera y enseñanzas de navegación de recreo y actividades subacuáticas recreativas y profesionales y aguas terrestres superficiales y subterráneas.
Corresponde a la Viceconsejería de Pesca y Aguas, además de las funciones que con carácter general se les atribuyen a las personas titulares de las Viceconsejerías por las disposiciones vigentes, las siguientes funciones:
- Respecto del personal de las unidades administrativas que tenga adscritas directamente, y sin perjuicio del orden competencial establecido en la Ley de la Función Pública Canaria, la Viceconsejería de Pesca y Aguas ostenta las competencias asignadas a las Secretarías Generales Técnicas por las normas de organización de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Dirigir, impulsar y coordinar el ejercicio de las funciones de los centros directivos y unidades administrativas de ella dependientes.
- La aplicación de la Política Pesquera Común en Canarias.
- La propuesta de la política de subvenciones al sector pesquero y la gestión de las mismas.
- La gestión de los registros especiales en el área de pesca.
- El fomento de la formación del personal de la Viceconsejería de Pesca y Aguas, en relación con sus competencias específicas, en coordinación con la Secretaría General Técnica.
- La gestión de las publicaciones propias de su Viceconsejería, en coordinación con la Secretaría General Técnica y sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos del Gobierno de Canarias.
- La recopilación de información y datos relativos a su ámbito competencial al objeto de su tratamiento estadístico.
- La ejecución de los trabajos que en el ámbito geográfico de esta Comunidad Autónoma se deriven de los convenios y tratados de ámbito nacional e internacional en su ámbito competencial y, especialmente, los derivados de las normas de la Unión Europea.
- La elaboración de un informe anual acerca del funcionamiento, coste y rendimiento de los servicios de la Viceconsejería.
Corresponde, asimismo, a la Viceconsejería de Pesca y Aguas el ejercicio de funciones específicas en materia de:
- pesca marítima, marisqueo y acuicultura
- ordenación del sector pesquero y de comercialización e industrialización pesquera
- inspección, investigación y formación profesional marítimo-pesquera
- enseñanzas de navegación de recreo y actividades subacuáticas recreativas y profesionales
- aguas
Corresponde además a la Viceconsejería de Pesca y Aguas, el ejercicio de aquellas otras funciones específicas, a excepción de las de aguas, no atribuidas expresamente al titular o a la titular del departamento por las disposiciones legales vigentes.
Además asume las competencias de la extinta Dirección General de Aguas.
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