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INTRODUCCIÓN
La Ley Orgánica 1/1990. de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) aporta numerosas e importantes novedades en relación con el anterior Sistema Educativo de la Ley General de Educación de 1970.
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Una de las novedades más importantes y, posiblemente la que caracterice con más fuerza el nuevo modelo educativo, es el carácter abierto de los currículos de las diferentes etapas educativas. Ello permite que, a partir de unos mínimos establecidos para todo el Estado, el currículo se va concretando sucesivamente hasta llegar a su definición plena en la realidad más inmediata del alumno.
La
nueva Formación Profesional específica, en el marco de la LOGSE, se basa en el
modelo constructivista, y pretende una formación técnico-profesional de
calidad.
Como
elementos para el conocimiento de este modelo y la propuesta que aquí hacemos,
se incluyen los siguientes aspectos:
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El
modelo de Formación Profesional Específica. (También
disponible -13 diapositivas- en formato PowerPoint: Modelo.ppt
[199 Kb])
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Los
tres niveles de concreción
curricular en FPE: definición,
carácter, responsable, elementos previos y componentes de cada uno.
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Esquema
del proceso general del desarrollo curricular en FPE:
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Diagrama
del proceso general del desarrollo curricular: esquema
de la propuesta que se desarrolla en este documento.
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Elementos
esenciales para el desarrollo curricular:
aspectos mínimos a tener en
cuenta.
Las normas estatales y canarias que hacen referencia a la metodología didáctica de la FPE son las siguientes:
La LOGSE, en su artículo 34.3, establece: «La metodología didáctica de la formación profesional específica promoverá la integración de contenidos científicos, tecnológicos y organizativos. Asimismo, favorecerá en el alumno la capacidad para aprender por sí mismo y para trabajar en equipo».
El Art. 57.2. de la LOGSE, ESTABLECE que «Las Administraciones educativas contribuirán al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos de programación docente y materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del profesorado», no debemos olvidar que también la citada Ley Orgánica, en su Art. 57.1., prescribe que «Los centros docentes completarán y desarrollarán el currículo de los niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades de enseñanza en el marco de su programación docente», siendo aquellos, pues, los últimos responsables del desarrollo y adaptación curricular.
En el artículo 15 del Real Decreto 676/1993 se dice: «La metodología didáctica de la formación profesional promoverá en el alumnado, mediante la necesaria integración de los contenidos científicos, tecnológicos y organizativos de esta enseñanza, una visión global y coordinada de los procesos productivos en los que debe intervenir».
El Decreto Territorial 156/1996 dispone, en su artículo 21, que la metodología de la formación profesional específica deberá estar orientada especialmente a:
Favorecer en el alumnado la integración de contenidos científicos, tecnológicos y organizativos que le permita adquirir una visión global y coordinada de los procesos productivos o de creación de servicios relacionados con la competencia general del título.
Estimular en el alumnado la capacidad para aprender por sí mismo y trabajar en equipo.
Integrar la teoría y la práctica.
Atender a las características del grupo y de cada alumno y alumna en particular.
Responder a las posibilidades formativas del entorno y, especialmente, a las posibilidades que ofrecen los equipamientos y recursos del centro educativo y de los centros de producción con los que establezcan convenios de colaboración para realizar la formación práctica en centros de trabajo.
Asegurar la participación activa del alumnado en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Desarrollar las capacidades creativas y el espíritu crítico en el alumnado.
Activar conductas y actitudes positivas para el trabajo, tanto si este es dependiente como si es autónomo.
Si bien las referencias que a la metodología se hacen en estas disposiciones son, como a ellas corresponde, una declaración de intenciones o una delimitación de tales orientaciones metodológicas hecha a través de las finalidades que persiguen, queda claro que existen múltiples analogías con los objetivos definidos para el módulo de Integración.
Abundando en esta dirección se dan, en las orientaciones metodológicas y
didácticas prescritas en los Decretos por los que se establecen los currículos
de los ciclos formativos para la Comunidad Autónoma de Canarias, algunos
instrumentos metodológicos más concretos y definidos que han de ser aplicados
en todo el proceso de enseñanza-aprendizaje que conforma el ciclo formativo.
Índice
General | Introducción |
Diseño
base de los títulos (DBT) | Currículos
canarios
Proyecto curricular de ciclo formativo (PCCF)
| Programación didáctica |
Anexos
Sugerencias:
propuestas para la revisión curricular...
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