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Guía rápida
  • ¿Qué es una Subasta Judicial?
    La subasta judicial consiste en la venta pública al mejor postor, de uno o varios bienes o lotes, embargados previamente a su titular y efectuada por un Juzgado.

  • Puede un particular participar en una subasta judicial?
    Si, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

    - Identificarse de forma suficiente
    - Declarar que conoce las condiciones generales y particulares de la subasta.
    - Presentar resguardo de que ha depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones o de que han prestado aval bancario por el veinte por ciento del valor de tasación de los bienes.


  • ¿Como puedo tener conocimiento de que se celebra una subasta?
    De toda subasta se dará publicidad por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado en un sitio destacado, público y visible. Los edictos también pueden publicarse en el:

    - Boletín Oficial del Estado
    - Boletín Oficial de la Provincia
    - Boletín Oficial de Canarias
    - Periódico de mayor circulación de la provincia donde se siga el juicio.


  • ¿Hay que abonar alguna cantidad por participar en las subastas?
    - No hay que pagar ninguna cantidad, no obstante, si después de conocer la situación del bien (posibles cargas, etc.), sigue interesado en el mismo, deberá depositar una fianza para participar en la subasta.

    - El deposito deberá ser realizado en la cuenta de consignación del Juzgado por el importe que también se indica en el Edicto; generalmente del 30 % cuando se trate de bienes inmuebles o del 20% cuando se trate de bienes muebles, del precio de la tasación.

    - Este deposito será devuelto al licitador en el supuesto de no resultar adjudicatario, cuando se apruebe el remate.


  • ¿Cómo se realiza una subasta?
    - El acto de la subasta será presidido pro el Secretario Judicial, y comenzará con la lectura de la relación de bienes, o de sus lotes, y las condiciones especiales de la subasta.

    - Cada lote de bienes será subastado por separado.

    - Por el Secretario Judicial se anunciará en voz alta el bien o lote de bienes que se subasta y las sucesivas posturas que se produzcan.

    - La subasta terminará con el anuncio de la mejor postura y el nombre de quien la haya formulado

    - Terminada la subasta se levantará acta de la misma, expresando el nombre de quienes hubieran participado y de las posturas formuladas.


  • ¿Qué tengo que hacer si resulto ser el mejor postor?
    Si Vd. resulta ser el mejor postor y consiguientemente el adjudicatario del bien, deberá cumplir los siguientes tramites:

    - Ingresar en el banco en que realizó el deposito, el resto del importe, hasta alcanzar la cantidad por la que se le adjudicó el bien, en el plazo de 10 días siguientes, si la adjudicación se refiere a un bien mueble, ó de 20 días, si se trata de un bien inmueble.

    - Entregar en el Juzgado el justificante del ingreso el cual le hará entrega de un documento que le acredita como leg&inbsp;timo propietario del bien.

    - Si existieran, deberá hacer frente a las cargas que tuviera el bien adjudicado.


  • En caso de no ser adjudicatario del bien... ¿Cuúndo recupero el depósito consignado?
    Por norma general, el depósito es devuelto en el propio acto de la subasta, una vez que el Secretario ha levantado acta de las posiciones de las partes y adjudicado el bien, expide un mandamiento de devolución a los postores no adjudicatarios del mismo.

 
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