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Desde este Plan se coordinarán las inversiones en materia de instalaciones deportivas de la Administración Pública Canaria, y en él se recoge y diseña el mapa autonómico de las infraestructuras del deporte, atendiendo a criterios racionalizadores y de distribución insular según las necesidades y posibilidades reales.
La Ley Canaria del Deporte establece que el Gobierno de Canarias es el responsable de la elaboración del Plan de Infraestructura Deportiva del Archipiélago (Artículo 30).
En consecuencia, el Ejecutivo canario culminó en 2001 la redacción del borrador de dicho Plan para su posterior discusión en la conferencia sectorial, donde intervienen los Cabildos Insulares y Ayuntamientos Canarios, de cara a consensuar el texto de ley que se elevará al Parlamento de Canarias para su aprobación definitiva, prevista para antes de junio de 2002.
Salvando el cumplimiento de esta responsabilidad y teniendo en cuenta que el grueso de las competencias en materia de infraestructuras deportivas ha pasado a manos de los Cabildos, en el futuro el cometido principal del la Dirección General de Deportes consistirá fundamentalmente en velar y coordinar la ejecución del Plan.
En el apartado de inversiones, atendiendo al actual marco competencial de las Administraciones Públicas Canarias señalado en el párrafo anterior, el esfuerzo principal del Gobierno de Canarias en este apartado durante 2001 continuó centrándose en la construcción y mejora de las instalaciones deportivas de los centros de enseñanza de las Islas. Instalaciones que en si mismas representan un recurso deportivo importante que revierte en el conjunto de los ciudadanos, no solo por que servirán para la educación física y deportiva de sus hijos e hijas, sino por la tendencia creciente a que estas infraestructuras puedan ser también usadas por los vecinos de las localidades en las que se ubican los centros docentes fuera del horario lectivo.
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