Gobierno de Canarias

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Asociaciones

Las asociaciones son un pilar fundamental en la participación democrática de los ciudadanos en la esfera pública. El número de miembros en las diversas asociaciones, tanto internacionales como estatales, regionales e insulares, así lo confirma. La Comunidad Autónoma de Canarias tiene, según recoge el artículo 30.7 del Estatuto de Autonomía, la responsabilidad de profundizar en la libertad de constituir asociaciones y de aprovechar su carácter participativo y representativo como instrumento de información.

Desde febrero de 2003, existe una Ley de Asociaciones de Canarias que tiene como filosofía salvaguardar la libertad individual de las personas para crear asociaciones y permanecer en ellas en la forma establecida en los estatutos y establecer unos principios que garanticen su transparencia y viabilidad. En la ley se define la asociación como "unión estable, voluntaria, libre y solidaria, de tres o más personas físicas o jurídicas para lograr, sin ánimo de lucro, una finalidad común de interés general, mutuo o sectorial, comprometiéndose para ello a compartir sus conocimientos, actividades o recursos económicos".

Acceda al Registro de Asociaciones de Canarias

Consulta del Registro de Asociaciones

Inscripción de actos en el Registro de Asociaciones de Canarias

Información y documentación relacionada con el procedimiento de Inscripción de actos en el Registro de Asociaciones de Canarias. (Inscripción, modificación estatutos, etc.).

Asociaciones sin ánimo de lucro

Las asociaciones sin ánimo de lucro están reguladas por registros especiales vinculados a sus actividades principales. A continuación se indican los departamentos responsables de la inscripción y registro de esas asociaciones

Consultas online

Cualquier consulta relacionada con el Registro de Asociaciones puede realizarla enviando un correo electrónico a la dirección: asociaciones.cpjs@gobiernodecanarias.org

Atención presencial y telefónica

El Servicio de Información y Atención Ciudadana del Gobierno de Canarias pone a su disposición los medios para facilitarle el acceso a los servicios públicos, presencialmente a través de las Oficinas Canarias de Información y Atención Ciudadana o bien por teléfono a través del servicio de atención telefónica 012 , donde podrá solicitar cita previa para ser atendido presencialmente en los Negociados de Asociaciones respectivos con sede en:

  • Las Palmas de Gran Canaria: sito en la c/ León y Castillo nº 74, Edificio Ovalum, quinta planta.
  • Santa Cruz de Tenerife: sito en la Avda. José Manuel Guimerá, nº 8, Edificio de Usos Múltiples II, primera planta.

Normativa

  • Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias.
  • Decreto 12/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias.

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