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Parejas de hecho

Desde la creación de la Ley 5/2003 para la regulación de las parejas de hecho en la Comunidad Autónoma de Canarias, en marzo de 2003, los residentes en Canarias que cumplan una serie de requisitos pueden inscribirse como pareja de hecho en el Registro autonómico, de cuya gestión se encarga la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.

Los interesados en registrarse como tal, igual que los que deseen suscribir pactos de convivencia, deben presentar en el registro del Gobierno de Canarias la pertinente solicitud, dirigida a la citada Dirección General, que tendrá tres meses para resolver la petición.

Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.

Inscripción en el registro de parejas de hecho de una pareja y sus pactos de convivencia.

Normativa

  • Ley 5/2003, de 6 de marzo, para la regulación de las parejas de hecho en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Decreto 60/2004, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Parejas de Hecho en la Comunidad Autónoma de Canarias.

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