Gobierno de Canarias

Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

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Metodología de trabajo

Es preciso establecer una metodología de trabajo como elemento que se considera esencial y que debe ser guía de actuación durante todas y cada una de las fases del Plan de Simplificación y Racionalización de la Gestión Administrativa en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Esta guía debe ser asumida por todos los operadores del Plan. Entre ellos es fundamental el papel del Gobierno de Canarias como órgano director del propio Plan.

En concreto la metodología del Plan se deberá desarrollar de la siguiente forma:

  1. En una primera fase se abordará una experiencia piloto que será objeto de evaluación y análisis posterior a partir de aquellos Departamentos en los que ya se están realizando actuaciones encaminadas a conseguir un objetivo de simplificación. Se trata de llevar a cabo una aplicación experimental del Plan en, al menos, tres (3) procedimientos, a determinar por la Consejería de Presidencia y Justicia, que, analizados conforme a los criterios del mismo, permitan su retroalimentación.

    Para el desarrollo de este pilotaje se creará un equipo de trabajo presidido por el Inspector General de Servicios e integrado por un (1) Inspector de dicho centro directivo, los responsables del procedimiento, designados por las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos Y el personal informático designado al efecto. Mediante la evaluación que realicen los empleados públicos responsables de la tramitación del procedimiento y la aplicación de los criterios del Plan se procederá a una actualización y mejora del mismo.

    La elección de los tres procedimientos objeto de la experiencia, así como la creación y puesta en funcionamiento del equipo de trabajo se realizará en un plazo máximo de 15 días a partir de la aprobación del Plan.

    Los resultados de este pilotaje serán elevados a la Comisión que se establece en el apartado cuarto.
  2. La Inspección General de Servicios actualizará el censo de procedimientos administrativos. A tal fin, las Secretarías Generales Técnicas de cada Departamento remitirán a dicho Centro Directivo una relación de los procedimientos objeto de tramitación en cada Departamento (que no se encuentren en la Guía del Ciudadano). La elaboración de este censo concluirá en el mes de marzo del presente año.

    La información remitida ha de contener: la denominación del procedimiento, el órgano competente para resolver, plazo de resolución y sentido del silencio en caso de producirse.
  3. A partir de la actualización del censo se realizará una propuesta de selección de los procedimientos administrativos susceptibles de simplificación y racionalización por parte de la Inspección General de Servicios, y que deberá ser sometida a la aprobación de la Comisión que se señala en el apartado siguiente. La propuesta será elevada en el plazo de 10 días a partir de la actualización del censo.
  4. Se crea la Comisión de Seguimiento y Desarrollo del presente Plan. Dicha Comisión estará presidida por la Viceconsejera de Administración Pública, y formada por el Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, el Inspector General de Servicios, los Inspectores de Servicios y el Secretario General Técnico correspondiente cuando las actuaciones se centren en los procedimientos de su Consejería.

    La Comisión tendrá las siguientes funciones: establecer las directrices, fijar los criterios de carácter general, coordinar el Plan e impulsar la consecución de objetivos, aprobar los proyectos que deban incorporarse, realizar un seguimiento de su implantación y emitir informes.

    Trimestralmente, el Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad informará al Gobierno del desarrollo del Plan y sus conclusiones.

    La Comisión se constituirá durante el mes de abril y deberá reunirse al menos dos (2) veces al mes.
  5. La ejecución de las actuaciones encomendadas por la Comisión de Seguimiento y Desarrollo del Plan se llevarán a cabo por el equipo de trabajo creado en el apartado primero, siendo imprescindible contar con la participación directa del personal de informática como miembros natos del mismo.

    El objeto de este equipo de trabajo será la implantación de los procedimientos objeto de la experiencia piloto en los distintos Departamentos, así como la de proceder a la simplificación y racionalización de los procedimientos determinados por la referida Comisión.
  6. Formación a los equipos de trabajo en metodología de simplificación y racionalización de procedimientos administrativos, disponiéndose de un plazo máximo de dos meses para su conclusión.
  7. Se realizarán, por parte de la Inspección General de Servicios, unas Jornadas de concienciación sobre el cambio cultural e implicación de los diferentes actores en el plan de simplificación y racionalización, cuyos destinatarios serán los Altos Cargos del Gobierno.

    Dichas jornadas se repetirán, para los Jefes de Servicio de los distintos Departamentos.
  8. Elaboración, o en su caso, desarrollo de las modificaciones normativas precisas en las que se refleje el trabajo de simplificación y racionalización llevados a cabo. Esta tarea se realizará como mínimo con carácter trimestral en función del número de procedimientos que hayan sido objeto de simplificación, coincidiendo con el informe al Consejo de Gobierno.
  9. Implantación, paralela al procedimiento de simplificación, a través de las técnicas informáticas, electrónicas, y telemáticas, de los procedimientos que han sido objeto de simplificación y racionalización.
  10. Transcurridos doce meses de la implementación de los procedimientos del apartado anterior se procederá a una evaluación integral del proceso.
  11. Retroalimentación constante y permanente del sistema mientras se desarrolle el Plan.
  12. Concluido el proceso de simplificación y racionalización de procedimientos, la Inspección General de Servicios, de forma periódica, comprobará mediante actuaciones inspectoras, la eficacia del mismo y su correcta implementación en cada Departamento, emitiendo informe semestral al Consejo de Gobierno.

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