En materia de inspección de los servicios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, corresponde a la Inspección General de Servicios las siguientes funciones:
- El ejercicio de la función de inspección de los servicios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los entes, organismos autónomos y empresas públicas que de ella dependan.
- El seguimiento y evaluación del sistema de sugerencias y reclamaciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- La realización de auditorías o evaluaciones del sistema de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos, en colaboración con la Dirección General de Trabajo, en los términos previstos en el Decreto 73/2002, de 3 de junio, de adaptación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos.
- La vigilancia y control del cumplimiento de la normativa sobre protección de datos de carácter personal por parte de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los entes, organismos autónomos y empresas públicas que de ella dependan, en colaboración con el departamento competente en materia de tecnologías de la información y de las comunicaciones.
Normativa