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Estructura y funciones

El Director General de Administración Territorial y Gobernación ejerce las funciones generales establecidas en el artículo 64 del Decreto 22/2008, de 19 de febrero. Además, también desarrolla las funciones inherentes a las competencias que, en materia de régimen local, transferencias y delegaciones de competencias a islas y municipios canarios, y de cooperación económica con los mismos, así como de procesos electorales, colegios profesionales, asociaciones y fundaciones y protección de los animales, no estén expresamente atribuidas a otro órgano. De igual manera, esta Dirección General tiene competencias en materia de parejas de hecho y de casinos, juegos y apuestas. Cada uno de esos ámbitos competenciales tiene además sus funciones específicas.

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