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Revista de Medio Ambiente





Revista 6 / Año 1997


La aceptación social a la solución del grave problema de las edificaciones ilegales que ofrece el Decreto 11/97 de 31 de enero, se ha materializado en una masiva solicitud de inscripciones en el censo previsto en el citado decreto, superándose la cifra de veinticinco mil solicitudes.

Estos datos indican que más del 75% de los promotores de edificaciones no amparadas por licencia se han acogido a la solución dada, porcentaje que en algunas partes de nuestro territorio pueden aproximarse al 100%.

Una vez se haya elaborado el censo de edificaciones ilegales, y sean estas catalogadas, se iniciará una segunda fase del proceso consistente en la modificación del planeamiento territorial, a fin de dar cabida en el mismo al mayor número posible de edificaciones ilegales que permita el interés general en la adecuada ordenación del territorio y protección del medio ambiente. En coherencia con tal fin y hasta tanto concluya el proceso, las demoliciones ordenadas respecto a edificaciones ilegales que se hayan inscrito se suspenderán, prorrogándose además respecto a ellas los suministros de agua, energía eléctrica y telefonía.

La tercera y última fase del proceso será la de obtención de licencia, trámite éste que será opcional o preceptivo según la infracción urbanística haya prescrito o no; y en todo caso, el Gobierno subvencionará este último trámite cuando la situación socioeconómica de los moradores así lo requiera.

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