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Desde el año 1943 hasta hoy se han abandonado en Canarias 110 mil hectáreas de terrenos de
cultivo. Si tenemos en cuenta que una hectárea es del tamaño de un campo de futbol, nos podemos
hacer idea de la magnitud del abandono: estos 110 mil campos de fútbol que se cultivaban suponen
el 15% de la superficie de todo el Archipiélago y el 70% de nuestra escasa superficie
cultivable. De cada 100 metros cuadrados que se cultivaban en 1943 hoy sólo se cultivan 30
metros cuadrados.
Las causas parecen evidentes. Hemos pasado de una economía de subsistencia a una economía
abierta de mercado en la que la agricultura tradicional ya no es rentable. Antes Canarias
producía sus propios alimentos, hoy en día muchos de los productos que consumimos proceden de
Europa, América o Asia.
Aquellos terrenos, que con el esfuerzo de nuestros mayores nos alimentaron en el pasado, hoy
tras el abandono de los cultivos se encuentran en situaciones muy diferentes. Algunos,
mayormente los costeros, fueron urbanizados; otros -en cotas más altas- empiezan a ser ocupados
por la vegetación original (pinar, cardonal-tabaibal, fayal-brezal); y el resto, han sido
ocupados por pajonales o zarzas. Estos terrenos abandonados están sometidos a un importante
riesgo de erosión. Los muros de piedra, a falta de mantenimiento, se han ido cayendo, dejando a
los suelos aún no cubiertos de vegetación, prácticamente des protegidos.
Establecimiento de las ayudas por la Comunidad Europea
Esta fuerte transformación de la agricultura canaria, aunque con matices diferentes, se ha
producido también en el conjunto de España, sobre todo en las zonas montañosas, así como en
otros países europeos. Los sistemas de cultivo intensivo y los baratos sistemas de
comercialización de los productos agrícolas ha dejado "fuera de juego" a muchos agricultores que
no pueden competir con los bajos precios provocados por los excedentes agrículas.
Uno de los objetivos que tiene marcada la Comunidad Europea es la disminución de esos excedentes
agrícolas retirando de la producción los terrenos menos rentables y compensando a los
agricultores empujados al abandono de sus cultivos.
Con este fin la Comunidad Europea aprobó un Reglamento, para implantar un instrumento de ayudas
a las medidas forestales en la agricultura, pretendiendo fomentar la producción forestal como
alternativa al abandono de cultivos poco rentables.
Desarrollo de las ayudas por el Gobierno Español
Para el desarrollo de este Reglamento europeo, el Gobierno Central mediante el Real Decreto
378/93, fija un régimen de ayudas para fomentar inversiones forestales en explotaciones agrarias
y acciones de desarrollo y aprovechamiento de los bosques en las zonas rurales. Posteriormente
cada Comunidad Autónoma ha aplicado este Real Decreto mediante disposiciones autonómicas que
adaptan las ayudas a los condicionantes locales.
La aplicación práctica de estas ayudas ha sido muy diferente entre las distintas Comunidades
Autónomas, aunque todas coinciden en que las ayudas europeas no se adaptan a la realidad del
campo español. Estas ayudas han sido pensadas para aplicar a terrenos en producción que se
quieren abandonar y destinar a usos forestales. Sin embargo, en España los terrenos poco
productivos ya están abandonados y quedan por tanto fuera del ámbito de las ayudas europeas. Con
la intención de corregir esta falta y poder extender las ayudas a terrenos abandonados, algunas
Comunidades Autónomas han asumido las ayudas, para terrenos abandonados de antiguo, con fondos
propios.
Aplicación de las ayudas en Canarias
Canarias se encuentra dentro de las Comunidades Autónomas donde la agricultura ocupa un segundo
término en su su economía y donde los terrenos agrícolas poco rentables ya están de hecho
abandonados.
A finales de 1993 el Consejero de Política Territorial dicta una Orden que regula la aplicación
de estas ayudas en Canarias. Esta Orden siguiendo las directrices europeas y estatales fijó los
tipos de ayudas, los requisitos necesarios, las especies y las cantidades a pagar.
Tras el primer año de aplicación de las ayudas se confirma la poca adaptación de éstas a
nuestras características. Se observa que la mayor parte de las solicitudes han procedido de
Cabildos y Ayuntamientos, lo que nos demuestra el poco éxito de estas ayudas entre los
particulares. Este fracaso entre los particulares se ha visto reforzado por la escasa difusión
dada a la convocatoria, y por la complejidad de la documentación solicitada a los propietarios.
Para adaptar todavía más estas ayudas a la realidad canaria, el Consejero de Política
Territorial dicta nueva Orden de 14 de marzo de 1995, por la que se regulan las bases generales
para la concesión de subvenciones con destino a la forestación de fincas agrarias abandonadas.
Esta reciente disposición, que deroga la anterior de 1993, aparece publicada en el Boletín
Oficial de Canarias nº 44, del lunes 10 de abril de 1995.
Características de las subvenciones para forestar fincas abandonadas.
Lo primero que hay que señalar es que la Orden vigente establece las características de las
subvenciones pero no abre el plazo de solicitudes. Será necesario una Orden para la fijación del
plazo que se publica cada año. Esta disposición fija un plazo de 2 meses a contar desde el
momento de su publicación, para presentar las solicitudes que se deseen. Durante el año 1995 ha
habido una partida de 84 millones de pesetas, que aunque con una baja petición de particulares
permitirá una reforestación de 202 hectáreas. Para el año 1996 se prevé la misma cantidad
presupuestaria, por lo que se deberá de estar atento a la orden que previsiblemente aparecera
durante el primer trimestre.
Superficies agrarias que se pueden acoger a las subvenciones
Todas las tierras agrarias en cultivo o abandonadas. Los terrenos deben estar sin arbolado o con
un arbolado escaso.
¿Quiénes se pueden acoger estas subvenciones?:
Los propietarios de las fincas, tanto si la finca está abandonada como si se está explotando
actualmente.
Las agrupaciones de propietarios de fincas.
Los Cabildos y Ayuntamientos canarios.
Tipos de subvenciones:
Gastos de forestación: Cubre los costes de la repoblación con las especies y cantidades del
cuadro adjunto.
Como se puede ver en dicho cuadro las cantidades varían desde 170.000 a 510.000 pesetas por
hectárea.
La planta puede ser suministrada por los viveros de la Viceconsejería de Medio Ambiente.
Prima de mantenimiento de la repoblación. Únicamente la pueden solicitar los particulares que
todavía tengan en explotación las tierras que van a forestar.
Prima compensatoria de pérdida de rentas. Únicamente la podrán solicitar los particulares que
todavía tengan en explotación las tierras que van a forestar.
Documentación a presentar en el caso de los particulares:
Un propietario particular, dentro del plazo que se fije en la Orden pendiente de publicarse,
deberá presentar:
Solicitud conforme a modelo oficial.
Memoria técnica y presupuesto estimativo de las inversiones a realizar.
Plano de situación de la finca.
¿Qué hay que hacer para acogerse a estas subvenciones?:
Lo primero es consultar el Boletín Oficial de número 44, del 10 de abril pasado, donde se recoge
la Orden de 14 de marzo de 1995, por la que se regulan las bases generales para concesión de
subvenciones con destino a la forestación de fincas agrarias abandonadas. Muchos Ayuntamientos
cuentan con Oficinas de Desarrollo Local, en estas oficinas, en el mismo Ayuntamiento o en las
Agencias de Extensión Agraria de cada uno de los Cabildos disponen del Boletín.
Hay que estar muy atento a cuando se publique la Orden que abra el plazo de solicitud de las
ayudas. Como hemos indicado, estimamos que se publicará a principio de 1996. Para mayor
información recordarles que llamando al 922-241000 (extensión 51728) se puede poner en contacto
con D. José Antonio de Torres.
Mientras tanto, recomendamos ir preparando toda la documentación necesaria para presentarla en
cuanto se abra el plazo de solicitud.
Las cuantías de las subvenciones son lo suficientemente elevadas como para cubrir holgadamente
los costes de los trabajos, siendo una muy buena oportunidad para mejorar y conservar las fincas
que ya no cultivamos, que están abandonadas o que preveemos cambiar de cultivo.
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