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Revista de Medio Ambiente



Medio Ambiente CANARIAS
Boletín Informativo de la Consejería
de Política Territorial

GOBIERNO DE CANARIAS


Desde el año 1943 hasta hoy se han abandonado en Canarias 110 mil hectáreas de terrenos de cultivo. Si tenemos en cuenta que una hectárea es del tamaño de un campo de futbol, nos podemos hacer idea de la magnitud del abandono: estos 110 mil campos de fútbol que se cultivaban suponen el 15% de la superficie de todo el Archipiélago y el 70% de nuestra escasa superficie cultivable. De cada 100 metros cuadrados que se cultivaban en 1943 hoy sólo se cultivan 30 metros cuadrados.

Las causas parecen evidentes. Hemos pasado de una economía de subsistencia a una economía abierta de mercado en la que la agricultura tradicional ya no es rentable. Antes Canarias producía sus propios alimentos, hoy en día muchos de los productos que consumimos proceden de Europa, América o Asia.

Aquellos terrenos, que con el esfuerzo de nuestros mayores nos alimentaron en el pasado, hoy tras el abandono de los cultivos se encuentran en situaciones muy diferentes. Algunos, mayormente los costeros, fueron urbanizados; otros -en cotas más altas- empiezan a ser ocupados por la vegetación original (pinar, cardonal-tabaibal, fayal-brezal); y el resto, han sido ocupados por pajonales o zarzas. Estos terrenos abandonados están sometidos a un importante riesgo de erosión. Los muros de piedra, a falta de mantenimiento, se han ido cayendo, dejando a los suelos aún no cubiertos de vegetación, prácticamente des protegidos.

Establecimiento de las ayudas por la Comunidad Europea

Esta fuerte transformación de la agricultura canaria, aunque con matices diferentes, se ha producido también en el conjunto de España, sobre todo en las zonas montañosas, así como en otros países europeos. Los sistemas de cultivo intensivo y los baratos sistemas de comercialización de los productos agrícolas ha dejado "fuera de juego" a muchos agricultores que no pueden competir con los bajos precios provocados por los excedentes agrículas.

Uno de los objetivos que tiene marcada la Comunidad Europea es la disminución de esos excedentes agrícolas retirando de la producción los terrenos menos rentables y compensando a los agricultores empujados al abandono de sus cultivos.

Con este fin la Comunidad Europea aprobó un Reglamento, para implantar un instrumento de ayudas a las medidas forestales en la agricultura, pretendiendo fomentar la producción forestal como alternativa al abandono de cultivos poco rentables.

Desarrollo de las ayudas por el Gobierno Español

Para el desarrollo de este Reglamento europeo, el Gobierno Central mediante el Real Decreto 378/93, fija un régimen de ayudas para fomentar inversiones forestales en explotaciones agrarias y acciones de desarrollo y aprovechamiento de los bosques en las zonas rurales. Posteriormente cada Comunidad Autónoma ha aplicado este Real Decreto mediante disposiciones autonómicas que adaptan las ayudas a los condicionantes locales.

La aplicación práctica de estas ayudas ha sido muy diferente entre las distintas Comunidades Autónomas, aunque todas coinciden en que las ayudas europeas no se adaptan a la realidad del campo español. Estas ayudas han sido pensadas para aplicar a terrenos en producción que se quieren abandonar y destinar a usos forestales. Sin embargo, en España los terrenos poco productivos ya están abandonados y quedan por tanto fuera del ámbito de las ayudas europeas. Con la intención de corregir esta falta y poder extender las ayudas a terrenos abandonados, algunas Comunidades Autónomas han asumido las ayudas, para terrenos abandonados de antiguo, con fondos propios.

Aplicación de las ayudas en Canarias

Canarias se encuentra dentro de las Comunidades Autónomas donde la agricultura ocupa un segundo término en su su economía y donde los terrenos agrícolas poco rentables ya están de hecho abandonados.

A finales de 1993 el Consejero de Política Territorial dicta una Orden que regula la aplicación de estas ayudas en Canarias. Esta Orden siguiendo las directrices europeas y estatales fijó los tipos de ayudas, los requisitos necesarios, las especies y las cantidades a pagar.

Tras el primer año de aplicación de las ayudas se confirma la poca adaptación de éstas a nuestras características. Se observa que la mayor parte de las solicitudes han procedido de Cabildos y Ayuntamientos, lo que nos demuestra el poco éxito de estas ayudas entre los particulares. Este fracaso entre los particulares se ha visto reforzado por la escasa difusión dada a la convocatoria, y por la complejidad de la documentación solicitada a los propietarios.

Para adaptar todavía más estas ayudas a la realidad canaria, el Consejero de Política Territorial dicta nueva Orden de 14 de marzo de 1995, por la que se regulan las bases generales para la concesión de subvenciones con destino a la forestación de fincas agrarias abandonadas. Esta reciente disposición, que deroga la anterior de 1993, aparece publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 44, del lunes 10 de abril de 1995.

Características de las subvenciones para forestar fincas abandonadas.

Lo primero que hay que señalar es que la Orden vigente establece las características de las subvenciones pero no abre el plazo de solicitudes. Será necesario una Orden para la fijación del plazo que se publica cada año. Esta disposición fija un plazo de 2 meses a contar desde el momento de su publicación, para presentar las solicitudes que se deseen. Durante el año 1995 ha habido una partida de 84 millones de pesetas, que aunque con una baja petición de particulares permitirá una reforestación de 202 hectáreas. Para el año 1996 se prevé la misma cantidad presupuestaria, por lo que se deberá de estar atento a la orden que previsiblemente aparecera durante el primer trimestre.

Superficies agrarias que se pueden acoger a las subvenciones

Todas las tierras agrarias en cultivo o abandonadas. Los terrenos deben estar sin arbolado o con un arbolado escaso.

¿Quiénes se pueden acoger estas subvenciones?:

Los propietarios de las fincas, tanto si la finca está abandonada como si se está explotando actualmente.

Las agrupaciones de propietarios de fincas.

Los Cabildos y Ayuntamientos canarios.

Tipos de subvenciones:

Gastos de forestación: Cubre los costes de la repoblación con las especies y cantidades del cuadro adjunto.

Como se puede ver en dicho cuadro las cantidades varían desde 170.000 a 510.000 pesetas por hectárea.

La planta puede ser suministrada por los viveros de la Viceconsejería de Medio Ambiente.

Prima de mantenimiento de la repoblación. Únicamente la pueden solicitar los particulares que todavía tengan en explotación las tierras que van a forestar.

Prima compensatoria de pérdida de rentas. Únicamente la podrán solicitar los particulares que todavía tengan en explotación las tierras que van a forestar.

Documentación a presentar en el caso de los particulares:

Un propietario particular, dentro del plazo que se fije en la Orden pendiente de publicarse, deberá presentar:

Solicitud conforme a modelo oficial.

Memoria técnica y presupuesto estimativo de las inversiones a realizar.

Plano de situación de la finca.

¿Qué hay que hacer para acogerse a estas subvenciones?:

Lo primero es consultar el Boletín Oficial de número 44, del 10 de abril pasado, donde se recoge la Orden de 14 de marzo de 1995, por la que se regulan las bases generales para concesión de subvenciones con destino a la forestación de fincas agrarias abandonadas. Muchos Ayuntamientos cuentan con Oficinas de Desarrollo Local, en estas oficinas, en el mismo Ayuntamiento o en las Agencias de Extensión Agraria de cada uno de los Cabildos disponen del Boletín.

Hay que estar muy atento a cuando se publique la Orden que abra el plazo de solicitud de las ayudas. Como hemos indicado, estimamos que se publicará a principio de 1996. Para mayor información recordarles que llamando al 922-241000 (extensión 51728) se puede poner en contacto con D. José Antonio de Torres.

Mientras tanto, recomendamos ir preparando toda la documentación necesaria para presentarla en cuanto se abra el plazo de solicitud.

Las cuantías de las subvenciones son lo suficientemente elevadas como para cubrir holgadamente los costes de los trabajos, siendo una muy buena oportunidad para mejorar y conservar las fincas que ya no cultivamos, que están abandonadas o que preveemos cambiar de cultivo.


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Convocatoria de subvenciones para la forestación de fincas agrarias abandonadas

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