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Las tarifas vigentes en este momento en todos los puertos gestionados por la Dirección General de Puertos del Gobierno de Canarias están publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 62, del lunes 17 de Mayo de 1999 (artículo 115 bis de la Ley de Modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias) con la modificación de actualización que se encuentra publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 30, del lunes 13 de Febrero de 2009.
Existen diferentes tipos de tarifas, G1, G2, G3, G4,….., las cuales se devengan en función de la actividad (recreo, excursiones turísticas, líneas regulares, cruceros, cementos especiales, pesca, etc.) y servicios prestados (fondeo o atraque, etc.).
Al total obtenido de la suma de todas las tarifas –dejando de lado la actividad y los servicios prestados a las embarcaciones—hay que aplicarle el 5,00% de Impuesto General Indirecto de Canarias (IGIC).
Con fecha 8 de abril de 1991 y por Orden departamental, fueron aprobadas las tarifas máximas a aplicar en los Puertos Deportivos de Canarias dependientes de la Comunidad Autónoma, siendo estas tarifas de aplicación exclusivamente a los puertos deportivos en régimen de concesión administrativa.
Con fecha de 23 de mayo de 1995, mediante Orden departamental, se modifica y amplía la Orden de 8 de abril de 1991 sobre tarifas máximas a aplicar en los Puertos Deportivos de Canarias.
El objeto de la citada Orden se fundamenta en la conveniencia de introducir un mecanismo que actualice los precios de forma automática para todos los puertos con la entrada de cada nuevo año, así como la necesidad de adjuntar determinadas modificaciones en el modo de aplicación de algunas de las tarifas aprobadas con la finalidad de ordenar de forma más racional el sistema de atraques en cada Puerto.
c Gobierno de Canarias 2012