Gobierno de Canarias

Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

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Ordenación del Territorio


Dirección General de Ordenación del Territorio


Ilmo. Sr. D. Jesús Romero Espeja

Nombramiento: Decreto 190/2010, de 25 de octubre (BOC nº 212, de 27.10.2010)

Competencias

Corresponde a la Dirección General de Ordenación del Territorio, en el área de actividad que se le encomienda, el desempeño de las siguientes funciones: 

En materia de ordenación territorial y de los recursos naturales: 

1. Incoar, impulsar y tramitar los expedientes que en materia de ordenación de espacios naturales y territorial deba resolver o proponer el Viceconsejero. 
2. Instruir y formular Propuestas de Resolución en las que deba resolver el Viceconsejero. 
3. Crear, actualizar y explotar las bases de datos precisas para políticas públicas sobre ordenación territorial. 
4. Emitir informes técnico y jurídico requeridos por la Comisión de Valoraciones de Canarias, tanto en los expedientes de expropiación como en valoración de indemnizaciones en materia de ordenación de los recursos naturales y del territorio.
5. Llevar el archivo de convenios relativos a planes territoriales y de espacios naturales que se tramiten en la Dirección General. 
6. Realizar un inventario del suelo urbanizable del archipiélago, con destino residencial, industrial y terciario, con detalle sobre su capacidad y estado de urbanización y edificación, a incorporar en el sistema de información territorial. 
7. Proponer al Viceconsejero el requerimiento al Cabildo Insular para la constitución de la organización consorcial de las Áreas de Gestión Integrada, constituyendo un organismo autónomo de carácter gerencial en caso de no atender al requerimiento del número anterior. 
8. Informar y, en su caso, elevar al Viceconsejero de Ordenación Territorial propuesta de impugnación o requerimiento a las distintas Administraciones para la adecuación de sus acuerdos a la normativa de ordenación del territorio y de planificación de los recursos naturales. 
9. Proponer al Viceconsejero la planificación regional en materia de gestión y conservación de espacios naturales protegidos. 
10. Informar con carácter previo a la declaración de interés general de posibles proyectos turísticos excepcionales en Lanzarote, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife. 

Además, asume las competencias que tenía atribuidas el Director General de la extinta Dirección General de Urbanismo por Decretos: 

- Decreto 20/2004, de 2 de marzo (BOC nº 52, de 16.03.2004) por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial. 

- Decreto 5/2009, de 27 de enero, de modificación del Decreto 20/2004, de 2 de marzo (BOC nº  22, de 3.02.2009), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.


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