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Juan Ramón Hernández, consejero de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias, informó que el Convenio de Carreteras había superado todos los trámites previstos en el Archipiélago para su firma y posterior aprobación en el Consejo de Ministros.
Tal aprobación se produjo el 9 de octubre de 2009, en el transcurso de la celebración del Consejo de Ministros –celebrado en Canarias—que ha autorizado al Ministerio de Fomento a firmar una adenda al convenio de colaboración existente en materia de carreteras con el Gobierno de Canarias, con el objetivo de dotar al Archipiélago de una red de carreteras que impulse la intermodalidad y la conexión entre los diferentes modos de transporte.
La modificación en el Convenio de Carreteras fue acordada anteriormente por el Ministerio de Fomento y el Gobierno de Canarias, lo que supuso la redacción de un borrador-propuesta que contó con los preceptivos informes de la Intervención General, la Dirección General de Presupuestos y de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma.
Los objetivos de los cambios aprobados son:
Potenciar la autonomía administrativa de la Administración Canaria, al ser de hecho ésta la que planifica, proyecta, tramita, licita, contrata, dirige y recibe las obras que se llevan a cabo en una red pública viaria de la que es titular.
La reordenación del crédito y la inclusión de un único concepto presupuestario que recogerá conjuntamente el importe para la ejecución de obras y el pago de las expropiaciones --por adelantado-- desde del Estado.
Agilizar la gestión del Convenio de tal manera que a partir de la firma del nuevo documento no se dependerá de una segunda Administración a la hora de tramitar las incidencias en las obras previstas (modificaciones, reposiciones, revisiones de precios, certificaciones finales, etc), ni a la hora de decidir la procedencia de la financiación necesaria para hacerles frente.
Se ofrece a Canarias la capacidad para adelantar en el tiempo partidas previstas para "Expropiaciones e Indemnizaciones", ya que anualidades con este destino que figuraban en el actual Convenio para años tan alejados como 2015, 2016 ó 2017, no tienen razón de ser, puesto que el inicio de las actuaciones esta previsto para años anteriores al 2015. En los primeros años este adelanto iría acompañado de una reducción en el importe de la cifra de inversión en obra, con el objeto de que la cifra total anual que transfiere el Ministerio, según convenio, no se vea alterada.
Al respecto, el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, Juan Ramón Hernández, precisa que este acuerdo “nos permitirá actualizar el listado de actuaciones en consonancia con la trayectoria del Convenio en los últimos tres años”.
Además, resaltar que se han introducido una serie de cambios en el orden cronológico previsto inicialmente, manteniendo en todo caso, tanto la distribución territorial de la inversión, como la concepción básica del eje viario de cada Isla.
Actuaciones
El Convenio de Carreteras en vigor contempla un total de 60 actuaciones en la red de interés regional, con una inversión para el período 2006-2017 de 2.437,00 millones de euros (Meuros), de los que 288,00 Millones de euros se destinan a expropiaciones.
El Anejo II contiene las actuaciones que se deben ejecutar en el periodo de vigencia del Convenio. La inversión suma 1.858,78 Meuros, repartida en 28 actuaciones.
El Anejo III relaciona las obras que podrán ser programadas en años posteriores, algunas de las cuales podrán sustituir a obras del Anejo II, siempre que no se supere la inversión total prevista en éste.
El Anejo I, consta de 12 actuaciones que totalizan una inversión de 290,22 Meuros. De ellas, solo quedan por terminar la ampliación a tercer carril en la Autopista TF-1 tramo Santa Cruz de Tenerife-Güímar, a la que se añade la Remodelación del enlace de la TF-1 con la autopista Exterior, en la isla de Tenerife.
Los aspectos más relevantes del acuerdo en vigor, que se concretan en lo siguiente:
* BASE LEGISLATIVA: en el expositivo se describe la fundamentación legislativa de la obligación del Estado de dotar anualmente las inversiones para infraestructuras en Canarias, a través de sus Presupuestos Generales (Ley 19/1994 de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias), con lo que se asegura una continuidad de la inversión del Estado en esta materia, al margen de aspectos coyunturales que pudieran hacer peligrar la misma mas allá del propio horizonte del Gobierno.
* HORIZONTE DE 12 AÑOS: Se fija un horizonte de 12 años, hasta 2017, lo que supone un periodo de tiempo más adecuado a la hora de desarrollar instrumentos de planificación en materia de infraestructuras públicas del tipo y alcance de las recogidas en el Convenio.
* RESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO DE CANARIAS: tanto a la hora de determinar las actuaciones y redactar los proyectos técnicos como a la hora de proceder a la contratación, dirección, control e inspección de las obras, se establece la responsabilidad del Gobierno de Canarias, lo que posibilita una mayor agilidad en la gestión.
* FLEXIBILIDAD: a la hora de reconsiderar las actuaciones, se dota al presente Convenio de flexibilidad, quedando regulados los mecanismos de actualización.
* CARÁCTER EJECUTIVO COORDINADO: se consigue recoger aquellas actuaciones que constituyen la transposición fiel de las necesidades que, en materia de carreteras, enuncia el documento del Eje Transinsular de Infraestructuras del Transporte, lo que dota al Convenio de un carácter ejecutivo, coordinado escrupulosamente con la figura de planeamiento de debe regirlo.
c Gobierno de Canarias 2012