Los Organismos de control están regulados en:
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria (B.O.E. 176, de 23 de julio de 1992).
- Real decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial (B.O.E. de 6 de febrero de 1996):
Capitulo IV - Infraestructura acreditables para la seguridad industrial.
Sección 1ª - Organismos de control.
- Artículo 41. Naturaleza y finalidad.
- Artículo 42. Acreditación.
- Artículo 43. Autorización.
- Artículo 44. Modificación de las condiciones de acreditación y autorización.
- Artículo 45. Actuaciones de los Organismos de control.
- Artículo 46. Reclamaciones.
- Artículo 47. Obligaciones.
- Artículo 48. Control de actuaciones.