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Los Organismos de control deben ser autorizados por la Administración competente en materia de industria del territorio donde inicien su actividad o radiquen sus instalaciones, quien debe hacerlo a la vista de la acreditación correspondiente en el campo para el que solicita autorización y tras comprobar el cumplimiento del resto de requisitos establecidos en el Reglamento.
Requisitos para la acreditación y autorización como Organismo de control.
Tarifas aplicables.
Manuales y protocolos de inspección.
Marco legal de los Organismos de control.
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