No ha sido posible encontrar en el extenso y pormenorizado análisis de la bibliografía consultada ninguna referencia sistemática y detallada de los costes de puesta en marcha de las medidas de mitigación propuestas. Este hecho responde a una serie de factores:
No obstante, se ha podido contar con algunas referencias muy válidas, como es el caso de las dotaciones presupuestarias previstas en la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética E-4 o incluso, como un dato concreto, con la cuantificación económica (aunque extremadamente parca en cuanto a informaciones sectoriales detalladas) del Borrador del Plan Vasco de Estrategia de Lucha contra el Cambio Climático.
Debe precisarse, que las estimaciones de costes que se apuntan a continuación se refieren únicamente a las Actuaciones de Mitigación correspondientes al Gobierno de Canarias, no incluyéndose las correspondientes a las Corporaciones locales (Cabildos y Ayuntamientos) ni al sector privado de la economía.
Asimismo, debe precisarse que muchas de estas actuaciones y el coste de las medidas propuestas se integran en planes y programas de un ámbito más amplio previstas por el Gobierno de Canarias, sin que pueda determinarse con total precisión cual es el coste incremental de las nuevas medidas complementarias de mitigación de los efectos del Cambio Climático.
Hechas estas salvedades, es posible avanzar la siguiente estimación de costes, en miles de euros anuales (ver Tabla 1). Para dar un orden de magnitud del esfuerzo baste citar que el coste de estas medidas supone el 3 % del Presupuesto General de la Comunidad Autónoma para el año 2008 y del 27,5% de las definidas como Actuaciones sobre el Territorio, en el mismo Presupuesto del año 2008.
Tras la aprobación del documento final de Estrategia Canarias de lucha contra el Cambio Climático, podrá abordarse con mayores elementos de juicio y con la intervención de todas las partes interesadas (Consejerías del Gobierno, Cabildos, Ayuntamientos e iniciativa privada), la estimación detallada de los costes, de tal manera que éstas pueden ser incorporadas en los presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Canarias y del resto de Instituciones.

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