BOC - 2023/100. Miércoles 24 de mayo de 2023 - 1642

III. Otras Resoluciones

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

1642 - ORDEN de 8 de mayo de 2023, por la que se aprueba el Programa de Actuaciones de Control de la Cadena Alimentaria de Canarias para el año 2023..

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Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, introduce un conjunto de novedades que procuran dar respuesta a la vulnerabilidad del sector agroalimentario español, en concordancia con la Directiva (UE) 2019/633 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativa a las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas en la cadena de suministro agrícola y alimentario.

Segundo.- La Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias ha asumido como misión para los ejercicios 2021, 2022 y 2023 en el marco del sistema simplificado de Programación y Dirección por Objetivos del Departamento, “impulsar el sector primario y agroalimentario de Canarias, con políticas de desarrollo sostenible e innovación, que contribuyan a la soberanía alimentaria y al bienestar e igualdad de las personas”. Específicamente, entre los objetivos estratégicos de la Consejería se encuentra el de “Fortalecer el sector productor e impulsar el asociacionismo en sus diversas fórmulas”. Con ello se pretende contribuir a reducir los desequilibrios de la cadena alimentaria de Canarias vertebrando y haciendo más competitivo el sector primario regional.

Tercero.- En concordancia con los objetivos de la Consejería y siguiendo la Recomendación 1 adoptada por el Pleno del Comité de Cooperación de las Autoridades de Ejecución, se elabora el presente Programa de Actuaciones de Control de la Cadena Alimentaria de Canarias con la finalidad de establecer un régimen de control autonómico para vigilar de manera eficaz el cumplimiento de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, todo lo relacionado con los contratos alimentarios y con las prácticas comerciales desleales entre los operadores de la cadena alimentaria de Canarias.

El Programa de Actuaciones de Control de la Cadena Alimentaria de Canarias se estructura en tres programas. El primer programa, denominado Programa general de vigilancia, llevará a cabo las comprobaciones de oficio sobre un conjunto preestablecido de prácticas comerciales (líneas de actuación) y productos y/o sectores (subprogramas). Por su parte, el Programa de indicios tendrá como finalidad incorporar al Programa de Actuaciones de Control nuevas líneas de actuación y productos/sectores no previstos inicialmente por el Programa a partir de posibles infracciones a la Ley 12/2013, de 2 de agosto. El Programa de comprobación de denuncias irá destinado a comprobar las denuncias que se presenten a la autoridad de control autonómica. El procedimiento específico de los programas de indicios y de denuncias será establecido una vez se designe la autoridad de control autonómica prevista en el artículo 28 de la citada Ley 12/2013, de 2 de agosto.

El referido Programa constituye, por tanto, un instrumento flexible y abierto a la ampliación de nuevas líneas de actuación y de productos/sectores, que se incorporarán al Programa de Actuaciones de Control a partir de la experiencia adquirida con su aplicación.

Cuarto.- De acuerdo con la ya citada Recomendación 1 del Comité de Cooperación de Autoridades de Ejecución, en la que se indica que cada comunidad autónoma decidirá los sectores y prácticas objeto de control en su ámbito territorial, los sectores/productos susceptibles de control se obtienen, en primera instancia, de aquellos productos con mayor diferencia de precio entre destino y origen, extraídos del Observatorio de Precios de Canarias, y segundo lugar, de los datos de la operación estadística sobre superficies y producciones anuales de cultivos aprobada por Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2021-2024. El presente Programa incluye actuaciones en relación con los productos indicados en el punto 6 del anexo.

A los que son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, en su artículo 130, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, respetando lo establecido por el Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.13.ª, 16.ª y 23.ª de la Constitución. Esta competencia incluye, de acuerdo con el apartado b) del mismo artículo, la lucha contra los fraudes en el ámbito de la producción, transformación, distribución y comercialización de los productos y elementos para uso alimentario.

Segundo.- El Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, aprobado por Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC n.º 147, de 31.7.2018), regula el ámbito competencial del Departamento y establece en su artículo 1.2.d) como área material en la que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca ejerce sus competencias “La comercialización agraria y agroalimentaria, sin perjuicio de las funciones atribuidas al Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria”.

En relación a lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2.a) del citado Reglamento Orgánico del departamento, corresponde a la Consejera de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobar los programas de actuación sobre las áreas materiales de la Consejería, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos.

Tercero.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias publicará los planes y programas anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución. Todo ello en relación con el artículo 16, apartado 1, en el que se establece que “La información relativa a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a las entidades y organismos dependientes de aquella que se especifica en este capítulo se hará pública en el Portal de Transparencia”.

A la vista de todo lo expuesto, así como de los preceptos jurídicos que son de general aplicación y de conformidad con la propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de Agricultura, de Ganadería y de Pesca

RESUELVO:

Primero.- Aprobar el Programa de Actuaciones de Control de la Cadena Alimentaria de Canarias para el año 2023, cuyo texto se incluye como anexo.

Segundo.- Publicar el Programa de Actuaciones en el Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias y en el Boletín Oficial de Canarias.

Canarias, a 8 de mayo de 2023.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA,
Alicia Vanoostende Simili.



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