BOC - 2023/78. Viernes 21 de abril de 2023 - 1208

II. Autoridades y personal

Oposiciones y concursos

Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

1208 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 19 de abril de 2023, por la que se prorroga la vigencia de las listas complementarias relativas a diversos Cuerpos, Escalas y, en su caso Especialidades de la Administración General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 1 de diciembre de 2021 y constituidas por Resolución de 7 de abril de 2022..

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El 15 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias n.º 254, la Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 1979/2021, de 1 de diciembre, por la que se hacía pública la convocatoria para la constitución de listas de empleo complementarias relativas a los Cuerpos, Escalas y, en su caso, Especialidades de la Administración General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias siguientes: Escalas de Administradores Generales y Administradores Financieros y Tributarios, pertenecientes al Cuerpo Superior de Administradores; a las Especialidades Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Ingenieros Industriales e Ingenieros de Telecomunicaciones, del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos; a las Especialidades de Tecnologías de la Información y de Psicología del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores; a la Escala de Inspectores Médicos, perteneciente al Cuerpo Superior Facultativo; a las Escalas de Gestión General y Gestión Financiera y Tributaria incluidos en el Cuerpo de Gestión; así como a las Especialidades de Telecomunicaciones, por una parte, y de Tecnologías de la Información y de Trabajadores Sociales, por otra, del Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escalas de Arquitectos e Ingenieros Técnicos y de Técnicos Facultativos de Grado Medio, respectivamente.

En el apartado décimo de la parte resolutiva se recoge la vigencia de las listas de empleo complementarias de un año, que puede ser renovable anualmente mediante resolución expresa de la Dirección General de la Función Pública, a partir del día siguiente a su constitución.

Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7 de abril de 2022 (BOC n.º 76, de 20.4.2022), se acordó la constitución de las listas de empleo complementarias convocadas por la referida Resolución de 15 de diciembre de 2021.

El artículo 55.6 de la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, sigue posibilitando a la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad para efectuar las convocatorias precisas para la constitución de las listas necesarias y, por ende, prorrogar las vigentes como sucede en el presente supuesto.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto n.º 14/2021, de 18 de marzo, esta Dirección General

RESUELVE:

Primero.- Prorrogar la vigencia de las listas de empleo complementarias constituidas por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7 de abril de 2022 (BOC de 20.4.2022), durante el plazo de un año contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la web de la Dirección General de la Función Pública.

Las personas interesadas podrán presentar, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en al artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponerse en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de abril de 2023.- La Directora General de la Función Pública, Águeda Márquez Fuentes.



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