BOC - 2023/44. Viernes 3 de marzo de 2023 - 642

II. Autoridades y personal

Oposiciones y concursos

Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

642 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 23 de febrero de 2023, por la que se hace pública la relación de personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 9 de noviembre de 2021, y se les ofertan puestos de trabajo..

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Teniendo en cuenta que en la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 9 de noviembre de 2021 (BOC n.º 238, de 19.11.2021), se establece que “El artículo primero de la Ley 18/2019, de 2 de diciembre, de medidas urgentes de ordenación del empleo público en las administraciones canarias, dispone, entre otros aspectos, que las plazas inicialmente incluidas en la oferta de empleo público del año 2017 en el turno libre podrán ser incrementadas con las ofertadas en promoción interna y turno de discapacidad que no hayan sido cubiertas en el proceso correspondiente”.

Y que en la Resolución de 24 de marzo de 2022, de la Dirección General de la Función Pública (BOC n.º 68, de 6.4.2022), por la que se aprobó la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas de referencia, solo se admitió a una (1) aspirante por el cupo de discapacidad, que ha sido declarada apta.

Vista la Resolución de 22 de diciembre de 2022, del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de esta Dirección General de 9 de noviembre de 2021 (BOC n.º 238, de 19.11.2021), proponiendo a las personas seleccionadas, así como a la persona siguiente en el orden de puntuación final por si se considerara adecuada la acumulación de plaza vacante del turno de discapacidad.

Y de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de las bases generales que rigen los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 21 de diciembre de 2016 (BOC n.º 252, de 29.12.2016), así como en el punto 14 de las bases específicas del proceso selectivo de referencia, esta Dirección General

RESUELVE:

Primero.- Acumular al turno libre la plaza vacante del turno de discapacidad de las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de esta Dirección General de 9 de noviembre de 2021, a fin de cubrir las veintitrés plazas ofertadas.

Segundo.- Publicar las personas seleccionadas en las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de esta Dirección General de 9 de noviembre de 2021 (BOC n.º 238, de 19.11.2021), indicadas en el Anexo I de esta Resolución.

Segundo.- En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución, la Dirección General de la Función Pública comprobará el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 7 de las bases generales y en el punto 2 de las bases específicas, siempre y cuando se hubiera otorgado el consentimiento por parte de la persona aspirante seleccionada en la solicitud de participación en las pruebas. La persona seleccionada que no haya prestado el citado consentimiento deberá aportar la documentación señalada en el artículo 14.2 de las bases generales a través de la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/).

Tercero.- Las personas aspirantes seleccionadas, hayan prestado o no el consentimiento para la consulta de los requisitos, deberán presentar en el citado plazo de 20 días hábiles la declaración responsable a que hace referencia el artículo 14.3 de las bases generales, de acuerdo con el formulario disponible al efecto en sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/).

En el supuesto de que las personas seleccionadas hayan prestado su consentimiento, pero esta Administración no hubiese podido comprobar el cumplimiento de alguno de los requisitos, se les concederá un plazo de 10 días hábiles para que presenten la acreditación documental del mismo, a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la imposibilidad de comprobación.

Cuarto.- Si dentro del plazo fijado, y salvo supuesto de fuerza mayor apreciado, las personas seleccionadas no presentasen la documentación exigida, o habiendo prestado el consentimiento no se hubiese podido constatar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, o bien de su examen se dedujera que carece de alguno de ellos, no podrá efectuarse el nombramiento como personal funcionario de carrera y se declarará el decaimiento en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación o en cualquier otro documento posteriormente aportado.

No obstante, si se produjera alguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, o si se produjera la renuncia de alguna de las personas aspirantes seleccionadas antes de su nombramiento o toma de posesión, y con el fin de asegurar la cobertura de plazas, la Dirección General de la Función Pública podrá requerir del Tribunal Calificador relación complementaria de la persona aspirante que siga a la propuesta, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.

Quinto.- Ofertar los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo II de esta Resolución, al objeto de que las personas aspirantes seleccionadas manifiesten su preferencia en relación a los mismos, exclusivamente a través del formulario disponible en la siguiente página web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/8180

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de febrero de 2023.- La Directora General de la Función Pública, Águeda Márquez Fuentes.

ANEXO I

ANEXO II



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