En fecha 31 de mayo de 2022, se publicó en el Boletín Oficial de Canarias el Decreto 115/2022, de 20 de mayo, por el que se aprueba la Oferta Extraordinaria de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal de larga duración en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias. Este Decreto tiene por objeto aprobar la Oferta extraordinaria para la estabilización del empleo público temporal de larga duración correspondiente a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, tanto en relación con los puestos de trabajo de personal funcionario, como respecto de los puestos a proveer por personal laboral, en el número de plazas totales que se reflejan en los anexos.
Dentro del plazo para su impugnación (cfr. artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), D. Gustavo Winter Cabrera formuló el 30 de junio de 2022, número de registro general 1142943/2022, RGE/332361/2022, PGSG/9981/2022 y APJS/161295/2022, recurso potestativo de reposición contra el mencionado Decreto 115/2022, siendo el objeto de impugnación o cuestionamiento la inclusión de determinadas plazas en la oferta extraordinaria de empleo público para la estabilización del empleo temporal de larga duración aprobada por Decreto 115/2022, de 20 de mayo.
El artículo 118.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé que en el caso de que pudieran existir otras personas interesadas en relación con el recurso potestativo de reposición interpuesto, se ofrecerá trámite de audiencia por un plazo no inferior a 10 días ni superior a 15, para que personados y acreditado su interés legítimo, aleguen cuanto estimen oportuno.
Atendiendo al objeto del recurso potestativo de reposición interpuesto, considerando lo previsto en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puesto en relación con el artículo 118.2 citado y artículo 46, ambos del mismo texto legal,
RESUELVO:
Único.- Dar trámite de audiencia previsto en el artículo 118.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por plazo de 10 días, a cuantos ostenten interés legítimo en relación con el recurso potestativo de reposición interpuesto por D. Gustavo Winter Cabrera, dirigido contra el Decreto 115/2022, de 20 de mayo, por el que se aprueba la Oferta Extraordinaria de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal de larga duración en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
A tal efecto deberán personarse, bien personalmente o por medio de sus representantes debidamente acreditados, en el plazo máximo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, en las dependencias del Servicio de Régimen Jurídico, Normativa e Incompatibilidades de la Dirección General de la Función Pública, sito en la Avenida Buenos Aires, 5-A, Edificio Tres de Mayo, planta baja, de Santa Cruz de Tenerife, código postal 38003, todo ello con el fin de poder hacer entrega de copia de los recursos potestativos de reposición y poder formular, si lo estiman, alegaciones. La comparecencia se efectuará en horario comprendido entre las 9:00 y las 14:00 horas, de lunes a viernes.
Asimismo, podrán solicitar acceder al mismo a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/, mediante solicitud dirigida al Servicio de Régimen Jurídico, Normativa e Incompatibilidades de este Centro Directivo.
Desde la fecha en que se conceda acceso a cada posible persona interesada, y en virtud de lo establecido en el artículo 118.2 de la citada Ley, cada una de ellas podrá presentar alegaciones en un plazo improrrogable de 10 días a través de los registros públicos mencionados en el artículo 16.4 de la misma Ley, preferentemente a través de la mencionada sede electrónica. En caso contrario, se entenderá decaído el derecho a realizar alegaciones.
En Santa Cruz de Tenerife, a 5 de agosto de 2022.- La Directora General de la Función Pública, p.s. (Resolución nº 4110, de 27.7.2022, del Viceconsejero de Administraciones Públicas y Transparencia), el Jefe de Servicio de Función Pública Local, Francisco Javier Ramos García.
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