BOC - 2022/127. Martes 28 de junio de 2022 - 2147

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Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

2147 - EXTRACTO de la Orden de 20 de junio de 2022, por la que se convocan para el ejercicio 2022 subvenciones destinadas al desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales así como la producción de cortometrajes y se aprueban las bases que han de regir las mismas..

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BDNS (Identif.): 634718.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/634718)

Primero.- Beneficiarios.

Las personas físicas o jurídicas previstas en la base 5 de la convocatoria.

Segundo.- Objeto.

Financiar los gastos de desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales, así como la producción de cortometrajes, conforme a los requisitos previstos en la base 6.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden nº 370/2022, de 20 de junio, de la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se convocan para el ejercicio 2022, subvenciones destinadas al desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales, así como la producción de cortometrajes y se aprueban las bases que han de regir las mismas.

Cuarto.- Cuantía.

El importe total por el que se efectúa la convocatoria asciende a la cantidad de quinientos veinte mil (520.000,00) euros. La cantidad máxima destinada a un proyecto concreto y para cada categoría es la siguiente:

- Desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales: 30.000,00 euros

- Producción de cortometrajes: 20.000,00 euros. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se acogen al Reglamento (UE) nº 1407/2013, de 18 de diciembre 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DO L 352 de 24.12.2013).

Quinto.- Plazos de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del Extracto de la presente Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. Las solicitudes de subvención deberán presentarse acompañadas de la documentación específica requerida en estas bases a través del aplicativo de gestión telemática que estará disponible en la sede electrónica y punto general de acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de junio de 2022.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Manuela de Armas Rodríguez.



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