BOC - 2022/104. Viernes 27 de mayo de 2022 - 1793

V. Anuncios

Otros anuncios

Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda

1793 - Puertos Canarios.- Anuncio de 25 de mayo de 2022, relativo a la aprobación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del personal laboral indefinido no fijo para el año 2022..

Descargar en formato pdf

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dispone en su artículo 2, apartado 1, párrafo primero, que adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 2, las ofertas de empleo que articulen procesos de estabilización del apartado 1, así como el nuevo proceso de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los diarios oficiales respectivos antes del 1 de junio de 2022 y serán coordinadas por las Administraciones Públicas competentes.

Por otro lado, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, en su disposición adicional sexta, regula la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, estableciendo que las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

En el proceso de estabilización de empleo temporal de larga duración, la Oferta de Empleo Público (OEP) resultante se calculará incluyendo las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas, y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida antes del 1 de enero de 2016.

Asimismo, la disposición adicional séptima de la referida Ley señala que los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización serán de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica.

El Ente Público Empresarial Puertos Canarios pertenece al sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, en su artículo 2.1.c), así como en la
Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, disposición adicional séptima, constituyéndose como una entidad pública empresarial cuyo régimen jurídico viene establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.

De acuerdo con el escrito remitido por la Dirección General de Planificación y Presupuesto se solicita que informe previo de la Administración dependiente, solicitando mediante escrito de 17 de mayo de 2022 informe a la Secretaria General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Transporte y Vivienda, a efectos de la publicación de la oferta de empleo a que hace referencia la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, recibiendo contestación con fecha 19 de mayo, registro de entrada 2022-E-RC-1061, indicando la no procedencia de informar dicha oferta de empleo, informe que solo procede emitir para las convocatorias.

Igualmente, con fecha 17 de mayo de 2022 se remitió a la Dirección General de Planificación y Presupuesto, la identificación de los puestos del Ente Público Empresarial Puertos Canarios objeto de estabilización, distinguiendo aquellas plazas afectas a la tasa adicional para los procesos de estabilización de empleo temporal del artículo 2.1 de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, así como en los procesos de estabilización de empleo temporal de larga duración de la disposición adicional sexta de dicha Ley. No consta en la presente fecha la emisión de informe al respecto, procediendo a reiterar la remisión de nuevo informe con fecha 26 de mayo de 2022, solicitud de informe en relación con las plazas objeto de estabilización.

Visto lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.- En cumplimiento del artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, así como en los procesos de estabilización de empleo temporal de larga duración de la disposición adicional sexta de dicha Ley, aprobar la publicación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del personal laboral indefinido no fijo para el año 2022 para el Ente Público Empresarial Puertos Canarios.

A) El total de plazas para la estabilización del empleo temporal ocupadas de forma temporal e ininterrumpida, al menos, en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, es de trece (13) plazas, distribuidas de la siguiente manera:

- Un (1) de técnico titulado superior, Grupo I.

- Un (1) abogado, Grupo I.

- Cuatro (4) de técnico titulado medio, Grupo II.

- Cuatro (4) de administrativos, Grupo III.

- Dos (2) de auxiliar administrativo, Grupo IV.

- Un (1) de auxiliar administrativo, Grupo V.

B) El total de plazas para la estabilización del empleo ocupadas de forma temporal e ininterrumpida antes del 1 de enero de 2016, es de catorce (14) plazas, distribuidas de la siguiente manera:

- Seis (6) de técnico titulado superior, Grupo I.

- Un (1) de abogado, Grupo I.

- Dos (2) técnico titulado medio, Grupo II.

- Cuatro (4) de administrativo, Grupo III.

- Un (1) de oficial de puertos, Grupo III.

Segundo.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias antes del 1 de junio de 2022.

Tercero.- Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo dentro del plazo de dos (2) meses, según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, pudiendo igualmente presentar recurso de alzada, en el plazo de un (1) mes, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2022.- El Director Gerente, Manuel Víctor Ortega Santaella.



© Gobierno de Canarias